Empleo_SantaMarta

Ratifican sanción contra el gobernador Carlos Caicedo por ‘vulnerar’ las normas sobre propaganda electoral

Política
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


En las últimas horas, el Consejo Nacional Electoral  ratificó su sanción contra el gobernador del Magdalena, Carlos Eduardo Caicedo Omar, por ‘vulnerar’ las normas que rigen la publicidad electoral. Con esta medida, la máxima autoridad sentó un precedente sobre la propaganda política en periodo de elecciones.

A través de la resolución 1237 del 2022, la entidad sancionó al actual mandatario con una suma de catorce millones ciento sesenta y siete mil trescientos novena y cinco pesos ($14.167.395) por la realización de propaganda electoral anticipada cuando era candidato a la Gobernación del Magdalena.

A través del documento, el CNE  indicó que “al no incurrir en criterios de agravación contemplados por el artículo 50 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la sanción procedente para el sancionado será la mínima establecida para el año 2021, es decir, la correspondiente a $14.167.395.

Leer también: CNE abrió investigación preliminar contra Fuerza Ciudadana por presunta publicidad política anticipada

De igual forma, absolvió de los  cargos formulados a Patricia Caicedo Omar, Abraham Katime Oscarsita y a Javier Vélez Echeverry, quienes en su momento hacían parte del comité inscriptor del Movimiento Fuerza Ciudadana y fueron acusados de vulnerar el artículo 35 de la Ley 1475 del 2011, norma que regula la propaganda electoral.

La resolución resuelve:

Artículo 1: Sancionar al ciudadano Carlos Eduardo Caicedo Omar con una multa equivalente a $14.167.395 atendiendo lo señalado por el literal a) del artículo 39 de la Ley 130 de 1994 y el artículo 50 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 


Artículo 2: Absolver de los cargos formulados a la ciudadana Carmen Patricia Caicedo Omar, Abraham Antonio Katime Oscarsita y Javier Darío Vélez Echeverry en su condición de miembros del comité inscriptor del grupo significativo de ciudadanos ‘Fuerza Ciudadana Magdalena’ por lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

Quizás le interese: CNE convoca a audiencia dentro de procedimiento de revocatoria de mandato del gobernador Caicedo

Artículo 3: En firme de la presente decisión, prestará mérito ejecutivo y se deberá consignar el valor correspondiente a la sanción por parte del ciudadano citado en el artículo primero de este acto administrativo.



Más Noticias de esta sección

Publicidad