Ahora los enemigos del expresidente Álvaro Uribe no quieren que él renuncie a la prescripción, dentro del proceso penal en el que fue condenado a doce años de prisión. Antes de la emisión de la sentencia de primera instancia, con sus 1.114 páginas, aquella legión pedía a gritos lo opuesto, como si el expresidente no hubiera tenido derecho al debido proceso. Entonces exigían, con la violencia pasiva usual, que Uribe, en su condición de exjefe de Estado, y al supuestamente estar obligado por una suerte de deber moral a “dar ejemplo”, renunciara a la prescripción, y con ello se dejara someter por un razonamiento jurídico que bien habría podido expresar Tirofijo. Parece que esperan que no se los enfrente, igual que Nicolás Maduro a lo mejor cree que puede engañar a los gringos.
Pero el mamotreto de sentencia, las consecuentes impugnaciones que también se acercan a los 1.000 folios, y los escritos de los no recurrentes, que pasan de 300 fojas, aparte de forzar a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá a trabajar en la apelación en tiempo récord (dos meses para resolver), premura que a no dudar iba en perjuicio de un estudio serio y profundo, abrió cierta puerta para la defensa técnica. Así como la no renuncia estratégica era totalmente válida en el juego procesal, como se ha sostenido aquí, la renuncia estratégica a la prescripción también lo es; tanto más cuanto ha sido forzada por la contraparte, dragón de múltiples cabezas del que hacen parte opinadores esnifados que son los primeros en berrear molestos por la devolución de favores.
Si no se hubiera proferido una sentencia tan extensa y repetitiva, la apelación habría podido tramitarse dentro de los márgenes de la normalidad, es decir, sin que el procesado hubiera tenido que renunciar a la prescripción de la acción penal (que se cumplía a mediados de octubre próximo), para garantizar con ello la realización de la justicia material, que a todos nos sirve en este asunto. Ya que no existe dicho escollo temporal para que el Tribunal se pronuncie en derecho, y con el acusado en justa libertad para esta segunda instancia, a partir de la correcta interpretación del artículo 450 de la ley procesal penal, lo que se espera es que Álvaro Uribe influya, cómo no, en las campañas congresal y presidencial que se vienen, y ojalá en las propias elecciones.
Mientras se surte el trámite de la apelación de su sentencia, que tiene buenas chances de prosperar, el expresidente Uribe tendrá la oportunidad de hacer política en todo el territorio nacional, como en los viejos tiempos, con el valor y la claridad de siempre, aunque de momento la historia insista en negarle el reconocimiento que merece. Los malquerientes del exmandatario, por su parte, tendrán que ver si la condena del 1.º de agosto de 2025 en verdad les sirve para posicionarse electoralmente, como han debido de calcularlo, para con ello pregonar sus inverosímiles propuestas de nuevos procesos de paz con criminales, esos sí sin sentencia, que después desangran al país. Colombia podrá elegir en 2026 con la madurez de que careció en 2022, y así estará en posibilidad de evitar parecerse a Venezuela, Estado sin Dios ni ley, para cuya segunda liberación el mundo está listo.