El título no tiene que ver con ese fantástico evento ocurrido en la Santafé del siglo XVII, cuando sus asustados habitantes en verdad creyeron que había llegado el tan temido juicio final, merced a un apabullante sonido infernal que los despertó, tarde en la noche; nunca se determinó qué lo causó, ni tampoco de dónde venía aquel aire azufrado que se enfrascó entre las montañas orientales y los humedales circundantes. No: el título, en cambio, alude a la ley contra el ruido recién aprobada, aún pendiente de sanción presidencial, que ataca desde varios ángulos un problema de convivencia ciudadana tan soslayado como generador de violencia. Se admite, por fin, que el ruido no es “identidad”, aunque venga en forma de música, y que este país está en mora de organizarse mejor.
Sin embargo, no faltan los enemigos de la mesura que, con la ley por promulgar, se sienten coartados en su “derecho” de hacer escándalo a todas horas. Tales personas me recuerdan a esos extranjeros pervertidos que vienen a hacer a Colombia, y a otros países de la región, lo que en sus Estados de origen sería severamente sancionado: los ve uno por ahí, sin que ni siquiera puedan terminar de matarse con las drogas baratas al cambio, haciéndose acompañar de muchachitas que a veces no alcanzan los catorce años…; en fin, ejerciendo su “derecho” a lumpenizar tanto a los que permiten o ya estimulan esas conductas, como a quienes los tienen que soportar. En realidad, no existen tales “derechos”, de unos y otros, a atentar contra la seguridad, la tranquilidad y la intimidad de los demás.
Tampoco existe eso que el presidente de la República ha llamado “mi derecho a dirigir la política exterior”, y que precedió a uno de los tantos ataques que ha lanzado al Consejo de Estado, esta vez por haberle anulado un nombramiento en la Embajada en Francia. Si bien el artículo 189 constitucional, numeral 2º, autoriza al jefe de Estado a elegir esos emisarios, la ley fija unos requisitos para que ello no sea, como mal lo es, la ocasión de pagar favores políticos en desmedro de la carrera diplomática. En otras palabras: el presidente tiene la facultad de nominar diplomáticos, pero el deber de hacerlo conforme a derecho. Si al país le cabe la legítima expectativa de que el presidente de la República cumpla la ley, es porque este no tiene el poder de disponer de la cosa pública a su antojo.
Eso de los pretendidos derechos presidenciales sin control ha dado para todo en este Gobierno; hasta para que, sin respeto alguno por la gente que ha dedicado su vida a formarse en diplomacia internacional, se nombre a cierto individuo deleznable como embajador en Tailandia, solo por citar otro caso. Por lo demás, contrasta lo alborotador que es el petrismo para reclamar dizque “derechos” con lo silenciosos que son sus cortesanos cuando les toca cubrir a Petro a partir de esa vergonzante actitud de hablar de otra cosa para distraer. Es el nuevo tiempo de ruido, señores, tres siglos y medio después del original: al menos en aquella época existía la esperanza de descubrir el misterio a través de la elaboración de teorías plausibles, como que el estrépito se trató del reflejo de un terremoto lejano, o acaso de la explosión de una mina próxima; hoy solo queda esperar a que el ruido se vaya.