La Corte Constitucional adquirió una nueva facultad que le permitiría suspender proyectos de ley a través de medidas cautelares, siempre y cuando exista un riesgo inminente de que afecte la Constitución, como por ejemplo, el caso de la reforma a la salud o la ‘paz total’ que propone el presidente Gustavo Petro.
La Corte expuso que “en casos excepcionales, frente a una norma abierta o manifiestamente incompatible con la Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleven a eludir el control de constitucionalidad, es necesario que la Corte adopte medidas, también excepcionales, orientadas a impedir la producción de efectos del acto objeto de control”.
Tras la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, el alto tribunal resolvió con 9 votos a favor y 0 en contra, “suspender proyectos de ley por medio de medidas cautelares, siempre y cuando sea necesario estudiarlas a fondo previamente”.
Le podría interesar: ¿Cuánto costará la reforma a la salud? Congresistas exigen que Minhacienda aclare cuentas del proyecto
Con este nuevo superpoder, la Corte podría suspender la reforma a la salud en caso tal de que sea aprobada por el Congreso tal y como la radicó el Gobierno como ley ordinatia. Si el alto tribunal considera que tiene artículos que podrían ser interpretados como inconstitucionales, podría aplicar la suspensión provisional con base en ítems entre los que se destacan que “se debe demostrar que la suspensión es necesaria, efectiva y proporcional”. Y que “cualquier otra medida distinta sería ineficaz”.
Para la Corte, la decisión tiene sustento en “la necesidad de garantizar la eficacia del principio de supremacía constitucional, con lo cual, en virtud de una reinterpretación de las facultades de la Corte para cumplir sus funciones de guardiana de la supremacía de la Constitución, se ajusta el precedente”.
Quizás le interese: Defensoría del Pueblo solicitó al Congreso adelantar cuatro audiencias públicas sobre la reforma a la salud