Aborto en Colombia: una práctica sin ley, un delito aprobado

“Lo primero que hay que decir es que el aborto sigue siendo un delito en Colombia”, indican las abogadas Ana Idarraga y Juana Acosta.

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“Es contradictorio que el actual Gobierno quiera posicionar a Colombia como ‘Potencia de la Vida’, pero atentan contra la vida del que está por nacer: senador Mauricio GIraldo.

Por: Yomarid Escorcia Manjarrés
Redacción EL INFORMADOR

Abortar proviene del latín abortare, derivado con el prefijo ab, que significa valor negativo, y oriri que se interpreta como nacer. Si la intención es ponerle una definición lo más cercana posible a la etimológica, se puede entender como privación del nacimiento.

Esa privación del nacimiento en Colombia no es legal, pero a lo largo de los años una serie de sentencias y normas han permitido que este procedimiento sea despenalizado en el país, incluso, cuando no existe una ley. 


“Los abortistas dicen que ya es legal el aborto, pero no hay ley que lo certifique”: Jesús Magaña, presidente de la plataforma Unidos por la Vida.

En declaraciones a ACI Prensa, el presidente de la plataforma ciudadana Unidos por la Vida, Jesús Magaña, explicó las normativas que rodean este tema y aseguró que, “los abortistas dicen que ya es legal el aborto, pero lo que tenemos en realidad es que está despenalizado. No hay ley”. 

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Las sentencias que dan luz verde al aborto

La sentencia de 2006 señala que el aborto está despenalizado cuando se produce un embarazo que constituya un peligro para la vida o salud de la mujer, cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida y cuando sea resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.

Entre tanto, la sentencia emitida en 2018, la Corte Constitucional rechazó, por 6 votos a 3, un pedido para establecer el límite de 24 semanas de embarazo para el aborto bajo las tres causales aprobadas en 2006, con lo cual los médicos podrían realizar esta práctica en cualquier momento de la gestación.


En Colombia, han establecido una serie de sentencias para evitar la persecusión penal del aborto

La Corte tomó la decisión, en esencia, de ratificar la decisión que se había tomado en el año 2006, la sentencia C-355 de ese año, donde se afirman las tres causales en materia de interrupción voluntaria del embarazo que están despenalizadas”, indicaron en aquel momento los jueces.

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La decisión se tomó después de que la Corte recibiera una tutela –una medida legal de emergencia que exige una rápida respuesta– de una mujer de 33 años, que con 26 semanas de embarazo solicitó a su entidad promotora de salud (EPS) que se le practicara un aborto aduciendo que la bebé tenía un diagnóstico que podía causarle ceguera. Tres centros médicos rechazaron su pedido en Bogotá.

Sin embargo, en la última sentencia del aborto en Colombia, emitida por la Corte Constitucional, se despenaliza esta práctica hasta las 24 semanas sin que medien causales; y hasta el noveno mes de acuerdo a las tres causales establecidas en 2006.

La Corte Constitucional señaló en una nota que el aborto “solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la sentencia C-355 de 2006”.

La sentencia del tribunal pide al Congreso y al Gobierno nacional que implementen una política pública integral que, entre otras cosas, elimine “cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia”.


“Es contradictorio que el actual Gobierno quiera posicionar a Colombia como ‘Potencia Mundial de la Vida’, mientras están haciendo todo lo contrario”, senador Mauricio Giraldo.

Para el senador Mauricio Giraldo, del Partido Conservador, con este fallo la Corte Constitucional está “usurpando las funciones que le competen al Congreso de la República para hacer las leyes”.

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Pero sumado a la despenalización del aborto hasta la semana 24, la ministra de Salud, Carolina Corcho, emitió la resolución 051, para reglamentar las sentencias del aborto de la Corte Constitucional.

Entre sus disposiciones, dicha resolución señala que “las niñas menores de 14 años pueden ejercer su derecho a la IVE (n.d.r. interrupción voluntaria del embarazo) de manera autónoma”.

Su deseo de interrumpir o continuar con el embarazo prima sobre los deseos de sus padres o representantes legales, aun si ellos no están de acuerdo con su decisión”, agrega el texto.

Al respecto, Jesús Magaña explica que la resolución “es una norma de quinta, ya que ni siquiera es un decreto”, y ha sido emitida por el Poder Ejecutivo, que no puede legislar.


En Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), entre el 2014 y el 2022 se presentaron más de 400 mil abortos.

“El Ejecutivo sólo puede reglamentar leyes del Congreso de la República, no puede reglamentar sentencias. Eso no es solo una opinión jurídica, sino que existe una sentencia del Consejo de Estado que así lo indica”.

¿El aborto es un delito? 

El senador Mauricio Giraldo resalta al respecto que “esta es una resolución ilegal, y lo que ha hecho la ministra de Salud, Dra. Carolina Corcho, al firmar, es cometer un presunto prevaricato”.

El delito de prevaricato es aquel en el que el servidor público actúa de forma voluntaria y arbitraria profiriendo resoluciones contrarias a la ley.
“Lo primero que hay que decir es que el aborto sigue siendo un delito en Colombia. Las distintas sentencias de la Corte Constitucional no han eliminado el delito, sino que han establecido una serie de excepciones para su persecución penal”, indican las abogadas Ana Idarraga y Juana Acosta, profesoras de la Universidad de La Sabana en Bogotá.

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En entrevista con  el periódico EL INFORMADOR, la entidad de Profamilia mostró una posición contraria a lo mencionado anteriormente. Para Profamilia “la despenalización  del embarazo interrumpido voluntario permite a las mujeres acceder oportunamente a la atención en salud y es importante aclarar que la gran mayoría de abortos, no solo en Colombia sino en el mundo, se realizan en las primeras semanas de gestación”.

Asimismo, señalaron que “El aborto se debe realizar sin ninguna restricción cuando sea voluntad de la mujer, hombre trans o persona no binaria y se encuentre dentro de los plazos estipulado por la Sentencia C-055 de 2022, a partir de la semana 24 de embarazo la interrupción voluntaria se realiza dentro de las tres causales de la Sentencia C-355 de 2006”. 

Cabe mencionar que, en Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), entre el 2014 y el 2020 se presentaron más de 400 mil abortos provocados de niños por nacer de más de 22 semanas de gestación. 

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La penalización del aborto en Colombia es “una lucha a contracorriente, una batalla que requiere fortaleza, claridad, perseverancia, pero sobre todo la gracia que viene de Dios”.

Aunque el aborto llegara a ser una conducta legal “en algún punto de nuestra historia, siempre tendremos el deber moral y político de oponernos a las leyes injustas”, aseguraron las abogadas Ana Idarraga y Juana Acosta.

“A Colombia la quieren posicionar como ‘Potencia Mundial de la vida’, pero el Gobierno actual está haciendo todo lo contrario, está atentando contra la vida del más indefenso”: Mauricio Giraldo, senador del Partido Conservador.

¿La Corte Constitucional puede legislar? 

Las profesoras de la Universidad de La Sabana explican que la Corte Constitucional no puede hacer leyes: “La Corte Constitucional tiene competencia de pronunciarse sobre leyes, de hecho esa es su labor. Siempre que se trata de la constitucionalidad de una ley. Sin embargo, no tiene competencia para actuar como legislador, porque estaría rompiendo el principio democrático y la separación de poderes”.

En ese orden de ideas, la Corte Constitucional y el Ministerio de Salud “se han tomado funciones que no les corresponden, y están emitiendo normas jurídicas que materialmente son leyes (con serios problemas de constitucionalidad), pero que no contaron con el proceso deliberativo necesario para ser adoptadas”, sostienen las juristas. 

Emel Rojas, concejal de Bogotá, señala que quienes quieren defender la vida ante la amenaza del aborto “tenemos que unirnos en primer lugar. Hay que fortalecer el movimiento provida frente a un gobierno abiertamente abortista”.

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“En segundo lugar, hay que usar los mecanismos de ley, hay que denunciar a la ministra y demandar la resolución” 051 del Ministerio de Salud”, indicó. 

Por último, el senador Giraldo afirma que “es contradictorio que el actual Gobierno quiera posicionar a Colombia como ‘Potencia Mundial de la Vida’, mientras están haciendo todo lo contrario, atentando contra la vida del más indefenso, el que está por nacer”

“Adicionalmente vemos con mucha preocupación cómo estas narrativas de ‘libertad’ coartan los derechos de quienes defendemos la vida desde la concepción o confesamos la fe cristiana”, enfatizó.


*Con información de Aciprensa*




Escrito por:
Autor: Glenda Lozano

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