En la nueva Carta se estableció un Estado social de derecho guiado por principios democráticos y garante de una amplísima gama de derechos individuales y colectivos, así como de medidas de protección ambiental, y garantías y deberes para todas las personas, sin que importe cuál sea su etnia, condición, creencia religiosa, orientación sexual o identidad de género. Y aparecieron mecanismos de protección de esos derechos, como la acción de tutela, y todo un catálogo de medios de defensa ciudadana, e instituciones como la Defensoría del Pueblo. Además, se adoptaron principios relacionados con la paz como valor, principio y derecho fundamental colectivo, con la obligación estatal de garantizarla.
Se adoptó una estructura del Estado con auténtica separación de poderes propia de una democracia avanzada. De manera que los presidentes no pueden considerarse omnipotentes, ni intérpretes únicos e indiscutibles de la voluntad popular, ni tomadores exclusivos de las decisiones públicas.
Se adoptó la posibilidad de Moción de Censura por parte de las corporaciones públicas contra ministros y otros funcionarios, cuando la gestión de los asuntos a su cargo sea deficiente, o cuando no acaten las citaciones para responder inquietudes de control político.
Se fortaleció la independencia de la Rama Judicial, con administración y autoridad de disciplina propias, y apareció, como modelo para muchos otros países, una Jurisdicción Constitucional encargada de mantener la integridad y darle vida a la constitución política, a través de interpretaciones de su contenido que profundicen el sentido de sus principios en el ámbito de la vida real de nuestra sociedad. Se creó además la Fiscalía General de la Nación, encargada de darle vida y efectividad al sistema penal acusatorio, para luchar de manera más efectiva contra el delito.
Para conseguir una descentralización efectiva del poder y del ordenamiento del territorio, se ratificó la elección popular de alcaldes, hasta entonces la principal transformación de la democracia colombiana, adoptada en 1986, y se estableció la elección popular de gobernadores. Además, se estableció el voto programático como exigencia de cumplimiento de sus programas de campaña a alcaldes y gobernadores, para que sometan a la decisión popular proyectos realizables y respondan por su ejecución.
Se establecieron los Territorios Indígenas como entidades territoriales, a la par de Municipios, Distritos y Departamentos. Y se abrió la posibilidad de que existan nuevas entidades territoriales como las Provincias, que agruparían varios municipios, y las Regiones, que agruparían varios departamentos. Además, se refinó el sistema de irrigación de recursos hacia todas esas entidades.
Otra cosa es que las comunidades indígenas no hayan logrado ponerse de acuerdo sobre la forma de organizarse como Entidades Territoriales, ni ha habido partido ni gobierno capaz de ayudarles a conseguir ese propósito. Tampoco ha habido, salvo intentos de avance como el de los departamentos del Caribe, quien tenga la audacia de aprovechar el espacio constitucional para la creación de Provincias y Regiones, que facilitarían una gestión más adecuada del territorio y una mejor protección de nuestros recursos.
Se dejó atrás el bipartidismo, que había animado con exclusividad la vida política, para abrir espacios a nuevos partidos y movimientos, que deben funcionar conforme a principios democráticos. También se abandonó el confesionalismo y se dejó espacio para la coexistencia de diferentes creencias y religiones.
Se adoptó el sistema de Banca Central para el manejo de la política monetaria, como en los países más avanzados, en busca de que se pueda disfrutar de moneda sana y estabilidad monetaria. De manera que ese crucial asunto no quede en manos del gobernante de turno, que puede ser proclive al retrógrado caudillismo latinoamericano en el que un cacique adopta a su gusto y conveniencia medidas monetarias y después se larga dejando endeudada a la nación, cuando no se perpetúa en el poder para obrar como padrecito bondadoso de millones de menesterosos a los que, con ayuda de la represión, mantiene ilusionados con algún discurso pseudo-poético que garantice su fidelidad.
Para garantizar la conversión límpida de la soberana voluntad popular en poder conferido a servidores públicos elegidos, se estableció una Organización Electoral autónoma, por fuera de las Ramas del Poder Público. De manera que la Registraduría Nacional del Estado Civil, organizadora de todos los comicios, no depende para nada del gobierno de turno, ni éste tiene facultad de aprobar o rechazar los resultados electorales, porque no es de su incumbencia.
Una nación del Siglo XXI, que cuenta ya con un ordenamiento constitucional tan refinado que otros países estudian cuando sienten la obligación de ponerse al día en materia de derechos, separación de poderes, controles adecuados, manejo monetario responsable y elecciones libres, tiene que sentir preocupación ante los anuncios enredados y nebulosos de llamado a una constituyente.
De manera que el riesgo resulta justificado, porque no es que carezcamos de principios y mucho menos de derechos y organización estatal democrática, ni de controles a los gobiernos, ni de garantías para nadie por diverso, ni opositor que sea, ni de medios para defender el medio ambiente, ni de controles al Estado, ni de libertades de acción en el campo que se quiera.
No se sabe a ciencia cierta qué es lo que desean cambiar los promotores de una constituyente, en pausa ahora por la conveniencia electoral de no insistir en el tema.
Por si acaso, pensar en “asamblea constituyente”, con todo lo que ello implica, para cambiar el sistema de salud o el de pensiones, es huir hacia adelante ante la impotencia política para impulsar esos cambios en uso de las opciones que existen dentro de la constitución que tenemos. Salvo que se busque en su momento armar una algarabía para obtener el giro de un cheque en blanco que permita a quienes han demostrado sobresaliente insuficiencia en el respeto por las instituciones y el manejo del gobierno, echar por la borda lo que tenemos y producir una chapuza que cambie radicalmente el ordenamiento constitucional, que el mismo M19 ayudó en su momento a adoptar.