Edumag pide nombrar planta de provisionales en el Magdalena

Departamento
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Los Educadores le exigen a la Secretaría de Educación del Magdalena brindar garantías y derechos a los docentes provisionales.


Los educadores del Magdalena, se encuentran viviendo una complicación por la actual falta de trabajos a aquellos que ganaron el concurso de docentes. Desde el Sindicato de Trabajadores de la Educación del Magdalena, compartieron un comunicado solicitando apoyo de la administración departamental.

 

Ante esto los educadores exigen que los docentes provisionales que no lograron superar el concurso sean reubicados en otra plaza dentro o fuera del municipio donde venían laborando,garantizando de esta forma el derecho al trabajo, siempre y cuando existan

vacantes definitivas al momento de la desvinculación.

 

Así mismo, los docentes solicitaron la creación de un equipo interdisciplinario, con el objeto de consensuar la situación de docentes y directivos docentes provisionales que no superaron el concurso de méritos, instalada el pasado 16 de febrero de los corrientes, integrados por delegados de la Gobernación y miembros de la junta

 

De igual manera los últimos acuerdos suscritos con el Ministerio de Educación

Nacional y las mesas técnicas realizadas con Fecode, con la participación de

docentes provisionales de Colombia, solicitaron

 

También mencionaron que como gremio conocen sus derechos y exigen garantías para cumplir con los siguientes lineamientos.


Le puede interesar:    Campesinos de la Sierra Nevada piden acelerar Reforma Rural para el Magdalena

 

Explicando, que actualmente la capital del Magdalena tiene alrededor de 1.200 docentes y directivos docentes en provisionalidad, ubicados en zonas rurales y no rurales, que pueden verse afectados.

 

Padre cabeza de familia: Según la Corte Constitucional, la condición de padre o madre cabeza de familia se acredita cuando la persona (i) tiene la responsabilidad permanente de

hijos menores o personas incapacitadas para trabajar, (ii) no cuenta con la ayuda de otros miembros de la familia y (iii) su pareja murió, está ausente de manera permanente o abandonó el hogar y se demuestra que esta se sustrae del cumplimiento de sus obligaciones, o (iv) cuando su pareja se encuentre presente pero no asuma la responsabilidad que le corresponde por motivos como la incapacidad física, sensorial, síquica o mental.

 

Mujer en estado de embarazo: La Corte Constitucional ha precisado una serie de condiciones a acreditar la procedencia del amparo constitucional de la estabilidad laboral reforzada de la mujer gestante.Cuando exista una relación laboral, sin importar cuál sea la forma laboral estipulada o pactada, pública o privada, la mujer embarazada o lactante,

tiene derecho a una estabilidad laboral reforzada como consecuencia del

principio de igualdad; lo que se traduce en que su relación laboral no pueda suspenderse ni terminarse abruptamente.


Le puede interesar:  Aprobaron medida para promover permanencia y graduación de estudiantes de pregrado


Más Noticias de esta sección