El Plan de Santos

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Tulio Ramos Mancilla

Tulio Ramos Mancilla

Columna: Toma de Posiciones

e-mail: tramosmancilla@hotmail.com

Twitter: @TulioRamosM



El Gobierno presentó, la semana pasada, las bases del Plan de Desarrollo 2010-2014. Siguiendo lo preceptuado por la ley 152 de 1994, orgánica del Plan de Desarrollo, se está cumpliendo con el proceso más interesante, aunque menos publicitado, de la elaboración de un Plan de Desarrollo, que es el de la socialización de su contenido, esto es, la "traducción" de muchos de los programas, acciones, políticas y proyectos que están allí plasmados y que, las más de las veces no son de fácil entendimiento para el ciudadano promedio.

En esta fase de socialización del Plan, el ente encargado de emitir las recomendaciones finales al Gobierno es el Consejo Nacional de Planeación (también hay unos consejos territoriales -municipales o distritales, y departamentales- de planeación que, en mi experiencia, no son más que un saludo a la bandera respecto de los planes locales de desarrollo, ¿o le preguntamos al Alcalde de Santa Marta a ver si el Consejo Territorial le ha exigido que cumpla con el Plan?), el cual tendrá hasta el 9 de enero de 2011 para realizar esa tarea.

A su turno, el Gobierno, una vez haya integrado las recomendaciones del Consejo Nacional de Planeación (donde se supone que están representados todos los sectores sociales, económicos y culturales del país), procederá a hacer la presentación del documento final, el 6 de febrero de 2011, ante el Congreso de la República para su aprobación.

Pero, en realidad, ¿qué es un Plan de Desarrollo? Pues es la carta de navegación de un mandatario. Ni más ni menos. Cuando un candidato se encuentra en campaña electoral, y está con la idea de prometerlo todo para ganar prosélitos, seguramente ha olvidado que lo que previamente ha propuesto a través de la inscripción de su Programa de Gobierno es de obligatorio cumplimiento en caso de que ganare la elección, pues su Plan de Desarrollo tendría que ser una extensión de las propuestas del Programa, en mérito de las cuales, precisamente, la gente lo ha elegido.

Esto, en aplicación de los conceptos de voto programático (o voto en función del Programa de Gobierno de un candidato a alcaldía o gobernación) y de revocatoria del mandato (quitarle el poder al mandatario local -nunca al Presidente- cuando no cumple con lo prometido, lo que, creo, hasta la fecha -en casi 20 años- no se ha concretado en ninguna parte, a pesar de los esfuerzos), que la Constitución Política de 1991 reconoció, en virtud del postulado de la democracia participativa.

Entonces, a pesar de las apariencias, el Plan de Desarrollo -nacional o territorial- no es un texto arbitrario que al mandatario de turno se le ocurre de la nada, y cuyo contenido puede cumplir o no. No es así. Se trata de una verdadera ley (porque esa fuerza vinculante se la reconocen la Constitución Política y la ley 152 de 1994) para ese gobernante sucedáneo, y como tal debe cumplirla y hacerla cumplir; en otras palabras, podría decirse que prácticamente sus funciones estarán contraídas a la materialización del Plan de Desarrollo, en desmedro de cualquier otra actividad creativa que el servidor público de elección popular pudiere arrogarse en el ejercicio de su cargo.

El Plan de Desarrollo de Santos pinta relativamente bien, hay que decirlo. Me ha llamado la atención el hecho de que, así como se ha incluido un componente de seguridad, existe un acápite en el documento dedicado especialmente a los Derechos Humanos. (Habría que revisar, pero parece que es la primera vez que algo de esto se hace, corroborándose lo que todos hemos percibido en el país: que Santos no está gobernando como Uribe, ni para la extrema derecha: está gobernando comme il faut, es decir, para todos los mortales que pueblan esta tierra- aunque esto merece un análisis más profundo-. Es de agradecer, aquí, donde uno se acostumbra desde temprano a agradecer lo mínimo de los políticos).

De todas maneras quisiera ver cómo se irán a desplegar finalmente, en la última versión del Plan de Desarrollo, las cuatro ideas que, hasta el momento -en las bases del Plan-, forman este apartado humanitario, a saber: la implementación de una política integral de Estado para la promoción y protección de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario; la consolidación de la cultura del diálogo social y la participación ciudadana; el diálogo y la colaboración entre el gobierno y las administraciones departamentales y municipales; y, la creación de espacios de cooperación con la comunidad internacional en materia de Derechos Humanos. Y digo que quisiera ver si todo esto va a quedar establecido y bien desarrollado (a través de acciones concretas e inversiones específicas) en el Plan de Desarrollo, porque de ser así, estaríamos frente a un bien ambicioso cúmulo de objetivos por cumplir, al que, por lo demás, Santos se estaría obligando ante todo el pueblo colombiano, contraviniendo cualquier indicación que, en ese sentido, su extutor Uribe hubiere podido ofrecer.

Pero no hay que apresurarse. Hay que seguir esperando y analizando los hechos del Presidente. Por lo pronto, habrá que ver cuál es la versión del Plan de Desarrollo que se va a aprobar en el Congreso: hay que estar atentos.