La Sala Plena eliminó una disposición que limitaba la publicación de sondeos sobre intención de voto antes de los procesos de inscripción de candidatos.
La Corte Constitucional adoptó una decisión de alto impacto para el panorama electoral colombiano al declarar inexequible una de las restricciones contempladas en la ley que regula la realización y divulgación de encuestas políticas en el país.
La determinación fue tomada por la Sala Plena durante el estudio de una demanda presentada contra varios apartes de la normativa, específicamente los artículos 5 y 12, que establecían condiciones para la elaboración de sondeos relacionados con la intención de voto de los ciudadanos.
Con una votación mayoritaria, los magistrados eliminaron la disposición que impedía realizar encuestas de intención electoral durante un periodo determinado previo al inicio oficial de las inscripciones de candidatos. Según el análisis de la corporación, la restricción generaba limitaciones que debían ser revisadas a la luz de los principios constitucionales relacionados con la libertad de información y la participación democrática.
La decisión se conoce en un momento de especial relevancia para el país, debido al desarrollo del calendario electoral y al creciente interés de los ciudadanos por conocer las tendencias de opinión frente a las diferentes candidaturas y movimientos políticos.
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Horas antes, la misma Sala Plena había decidido abstenerse de emitir un fallo sobre una demanda que buscaba cuestionar la totalidad de la ley de encuestas. Sin embargo, posteriormente avanzó en el estudio de las disposiciones específicas que terminaron siendo objeto de la nueva decisión.
Expertos consideran que el fallo podría tener efectos directos sobre la manera en que las firmas encuestadoras, medios de comunicación y organizaciones políticas realizan mediciones de opinión durante los procesos electorales, al permitir una mayor flexibilidad para conocer el comportamiento del electorado en etapas tempranas de las campañas.
Se espera que en los próximos días la Corte publique el texto completo de la sentencia, donde se conocerán los argumentos jurídicos que sustentan la decisión y los alcances concretos que tendrá para futuras elecciones.