Palangana: Una catástrofe ambiental anunciada

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Veruzka Aarón Torregrosa

Veruzka Aarón Torregrosa

Columna: Opinión

e-mail: veruzkaaaron.t@gmail.com

Twitter: @veruzkaaaron


En días pasados se dio a conocer que la empresa Interaseo S.A. E.S.P., encargada del servicio de recolección de residuos en la ciudad, cedió el contrato de esta actividad a la empresa de Aseo Técnico de la Sabana (ATESA). El debate generado por este hecho jurídico, ha sacado a relucir un tema de mayor importancia para la ciudad: el vencimiento de la vida útil del relleno sanitario “Palangana”.

Según lo estipulado en la Resolución N° 2073 de nov/2006, la cual, modifica la Resolución 1581 de 2000: “El término de la licencia ambiental que se confiere estima una vida útil del actual relleno sanitario del distrito de Santa Marta, hasta el mes de julio del año Dos Mil Veintidós”.

Resulta inexplicable, que Corpamag y el Dadsa, autoridades ambientales competentes, no se hayan pronunciado respecto a que este equipamiento opere con una licencia ambiental vencida, pese a que las emergencias ocasionadas en años anteriores por su operación, pueden ser con mayor razón para este caso, el anuncio de una catástrofe ambiental en la ciudad.

La localización de este relleno, fue cuestionada desde su licenciamiento, pues, además de estar próxima a comunidades urbanas, dicha área fue declarada como zona de protección por el POT 2000, a partir de la creación del Parque Natural Distrital Bondigua. La localización, surgió producto de un estudio realizado por la empresa Interaseo, en el cual, como era natural, primó el beneficio del modelo de negocio del contratista a expensas de los intereses colectivos de la ciudad.

Pese a la solicitud hecha por el alcalde de turno a Corpamag para que se analizaran alternativas de ubicación diferentes, en su momento, no se contó con un estudio técnico que respaldara la oposición de la Alcaldía y comunidades a la localización actual del relleno sanitario.

El tiempo le dio la razón a quienes se oponían, pues el relleno sanitario ha sido el origen de varias y distintos tipos de emergencias sanitarias.

Entre las que más se destacan están; la ocurrida en el año 2015, cuando una conflagración consumió alrededor de 2 hectáreas del relleno, lo cual provocó la propagación de humo tóxico que afectó a más de 5 barrios aledaños.

Tres años después, se conoció de otra emergencia por derrame de lixiviados, los cuales generaron contaminación en la quebrada La Lata. A finales del 2020, concejales de la ciudad, luego de inspeccionar in situ, denunciaron que persiste la contaminación en los sectores que hacen parte del entorno del relleno.

A fin de habilitar la operación del relleno sanitario en el área del Parque Bondigua, mediante el Acuerdo 005 de 2004, se modificó el Plan de Ordenamiento Territorial (Acuerdo 005 de 2000).

Por considerarse irregular el mecanismo legal empleado para esta modificación, el Acuerdo 005 de 2004, fue demandado. Como respuesta a la demanda, 16 años después (febrero/2020), en segunda instancia, el Consejo de Estado, concedió razón a esta, y declaró nulo el Acuerdo 005 de julio 19 de 2004, expedido por el Concejo Distrital de Santa Marta.

Conocido el fallo en mención, mediante el Plan de Ordenamiento Territorial “POT 500 años”, se validó la localización actual del relleno sanitario, muy a pesar de la proximidad del vencimiento de su licencia ambiental y de los demostrados impactos ambientales que su operación genera en las comunidades conexas y el entorno natural. Sería bueno que se dieran a conocer a la ciudadanía, los estudios ambientales que sustentaron esta decisión en el actual POT.

La ciudadanía y organismos de control deben exigir al Distrito, que informe acerca de la situación actual legal y operativa del relleno sanitario.

Es importante conocer si se han desarrollado estudios técnicos que ofrezcan, además de alternativas de relocalización, opciones para garantizar un sistema de gestión integral de residuos sólidos con altos estándares de eficiencia, que permitan, además, la implementación de tecnologías que eviten en las zonas donde opere, la degradación del suelo, la contaminación de las fuentes de agua y de la atmósfera.

Los samarios, no deben permitir que tal como sucedió con la crisis del agua, los esfuerzos institucionales del Distrito, se concentren en obtener el control de una empresa, mientras que la gestión de la solución del problema de fondo, es ineficaz.