Indignación en Chivolo por agresión de cepedista contra votante del Tigre

Captura del video publicado por el portal de Facebook “Las Noticias región Caribe”, en el que una activista del “caicedismo” y el Pacto Histórico hostiga a una humilde hija de vendedora de chance por haber votado por Abelardo de la Espriella en Chivolo.

Política
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La agresión de una lideresa del “caicedismo” y del Pacto Histórico en contra de la hija de una humilde vendedora de chance fue publicada a través de un video de TikTok en el portal de Facebook “Las Noticias”.

Ha causado indignación entre los habitantes del municipio Chivolo, en la subregión Centro del Departamento del Magdalena, un video bajado de TikTok en el que una lideresa del “caicedismo” y ahora del Pacto Histórico agrede verbalmente y expone al escarnio público a la hija de una humilde vendedora del “chance”, que se gana la vida con la venta de juegos de azar.

La agresión a la humilde vendedora es atribuida a la lideresa del “caicedismo” y del Pacto Histórico, Carmen Contreras, quien publicó en su red personal un reel en el que agrede verbalmente a su víctima por haber esta votado en las pasadas elecciones presidenciales por el candidato Abelardo De la Espriella.

El video, que parece haber sido tomado de Instagram o de TikTok y que lleva 33 mil reproducciones, fue publicado por el portal de Facebook “Las Noticias”, con un texto que a la letra dice: “Es líder de caicedismo y del Pacto Histórico, arremete contra la vendedora de boletas porque votó por Abelardo. Los chiboleros se encuentran indignados por la conducta de Carmen Contreras porque deja mal parados a los chiboleros”.

En el video la mujer dice de manera burlesca lo siguiente: “Es como cuando tu mamá vende el chance todos los días, la boletica para ganarse mínimamente quince mil pesitos, y después yo te veo a ti, pobre estúpida, falta de memoria, cerebro de pollo purina, festejando que has ganado con Abelardo De la Espriella. Oye, a mí que me pase eso, tengo que estar con metros bajo tierra, porque el día que mi mamá tenga que salir a vender chance para sobrevivir, jeputa, yo mejor me mato, marica, me mocho la crica”.

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La Sentencia 143/99 que protege la dignidad humana en el caso de los menores de edad y el Código Penal en su artículo 134B penalizan el hostigamiento o acoso como un delito que establece prisión de 12 a 36 meses y multa de 10 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes. “El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, salvo que la conducta constituya delito sancionable con pena mayor.”

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