¿Marx tenía razón?

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Escrito por:

Tulio Ramos Mancilla

Tulio Ramos Mancilla

Columna: Toma de Posiciones

e-mail: tramosmancilla@hotmail.com

Twitter: @TulioRamosM



A propósito de mi última columna, intitulada Protección legal para la mujer contratista embarazada, he tenido el honor de recibir, a través de sendos correos electrónicos, un par de consultas relacionadas con el tema en cuestión, las cuales trataré de absolver públicamente, sobra decirlo, con el mayor de los gustos.

Para empezar, entonces, me parece bien contextualizar al lector diciéndole que lo abordado en el artículo anterior hace relación al sempiterno problema de los contratos de prestación de servicios, en virtud de los cuales, verdaderos empleadores, verdaderos patronos, que imponen reglamentos y horarios, se abstienen, escudándose en unas leyes civiles que les son vergonzantemente favorables, de reconocer los derechos -casi que apenas humanos- que les asisten a los trabajadores de sus empresas o negocios, y que reciben el nombre genérico de contratistas, a despecho del vocablo "trabajador", que es el que correspondería utilizar en la mayoría de los casos si en este país se pudiera hablar ciertamente de la existencia de un real Estado social de derecho.

Decía en mi último escrito, con ocasión de la postura ciudadana y jurídica que mantengo a favor del proyecto de ley No. 042 de 2011, recién radicado en el Senado de la República, que la mujer contratista embarazada tiene todo el derecho del mundo a que no se le termine -o suspenda- su contrato de prestación de servicios por el simple hecho de encontrarse en estado interesante (tal y como quedaría legislado si se aprobare el proyecto No. 042), lo que es, por lo demás, de elemental humanidad.

Asimismo, sustentaba jurídicamente mi posición invocando la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional en ese sentido, tal y como también se encuentra argumentado en la exposición de motivos del proyecto de ley a que me refiero.

Ahora bien, las consultas de mis lectores, que originaron esta respuesta, se centran en un punto en común: ¿cómo es posible -me dicen, yo los interpreto, los parafraseo- que el Estado colombiano permita la existencia de contratos a través de los cuáles se "explote" a los trabajadores, no reconociéndoles sus derechos y dejándolos solos frente al poder del patrono?

Quise responderles a ambos de inmediato, usando el mismo argumento: no hay nada de qué extrañarse, pues así está planteado que sea por los que hacen las leyes: el trabajador colombiano está, deliberadamente, solo.

Incluso quise darles algo de aliento, para equilibrar mi "excesivo realismo", diciéndoles que proyectos de ley como el que yo comentaba son el germen del cambio, pues si hoy los congresistas cometen el error de reconocer el derecho de la contratista embarazada a que no se le termine o suspenda su contrato, tal vez mañana podamos celebrar que el contrato de prestación de servicios esté regulado de tal forma que se pueda hablar de justicia en las relaciones jurídicas a que tales acuerdos dan lugar, evitando el abuso por parte del patrono que no quiere pagar prestaciones sociales, y que no quiere tener trabajadores en buena ley, sino "contratistas" de fácil adiós. Pero no hice ni lo uno ni lo otro.

No les respondí a mis consultantes lo que empecé a pensar porque quería decirlo aquí: el hecho de que la legislación laboral no defina ni reglamente los contratos de prestación de servicios, y de que solo se refiera a los mismos de manera tímida y culpable (¿sería un contra-mico?) en el artículo 2º de la adjetiva ley 712 de 2011 (al establecer como una de las funciones de la jurisdicción laboral el conocer de los conflictos habidos a partir del reconocimiento de honorarios por servicios personales motivados en cualquier relación) no es algo fortuito: estamos en presencia de un efectivo sistema jurídico de exclusión social (recordaba al famoso materialismo histórico cuando pensaba esto) que sin lugar a dudas favorece al fuerte, y que, digámoslo de una vez, perpetúa al débil en su desgracia. La pregunta que sigue es, amigos míos, ¿hasta cuándo?



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