¿Casa por cárcel o calle por cárcel?

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



Ante el hacinamiento carcelario, bastante notorio en Colombia que va en contra de los derechos humanos, se han derivado otros sistemas penitenciarios; claro está, dependiendo del delito que se cometa. El hacinamiento afecta a 138 centros penitenciarios y contribuye a que se acelere este beneficio judicial.


La casa por cárcel, más conocida así, consagrada en nuestra legislación penal; también denominada arresto domiciliario, es una restricción a la libertad del delincuente, para que cumpla su pena impuesta por el juez en casa y no ingrese a una cárcel, evitándose el ambiente hostil que allí se da.

El control a la casa por cárcel no ha sido lo suficientemente eficiente. En el último año reos que portaban brazaletes, mecanismo de inspección, lograron evadir el control de la justicia y se escaparon de su sitio de restricción; obligando al Inpec a solicitar el incremento de personal para la supervisión de esta modalidad. Son los brazaletes electrónicos, dispositivos de vigilancia más comunes en forma de pulsera que deben ser portados por los delincuentes en las muñecas o en los tobillos. Estos brazaletes emiten una señal cuando salen de los límites prestablecidos por los jueces de la República, cuentan con un GPS, que permite la ubicación física del reo vía satélite.

En Colombia existen 40.596 reos que están sometidos a la modalidad de casa por cárcel y solamente 4 de 10 portan el dispositivo electrónico, estos casi siempre argumentan a los jueces, quienes conceden la casa por cárcel, estar padeciendo enfermedad grave, ser cabeza de familia... Consideramos que estos casos deberían ser revisados con lupa, sin demeritar a quienes tienen derecho de este beneficio; ser más exigentes. No hace mucho tiempo se pudo observar en un noticiero televisivo a nivel nacional como un personaje investigado penalmente llegó al estrado judicial en silla de ruedas y luego de ser escuchado por el juez, 10 o 15 metros saliendo de la diligencia, se paró de la silla de ruedas y empezó a caminar normalmente. Aparece aquí un interrogante. ¿Este hecho impresionó al juez? El juez porque no solicitó un examen médico al respecto. Surge otra pregunta ¿Fue burlado el juez o la justicia?

Hemos sido constantes y bastante reiterativos en la defensa de los derechos de las mujeres y es aquí donde manifestamos el total desacuerdo cuando a su agresor por violencia intrafamiliar se le concede casa por cárcel y allí permanecerá con su mujer. ¿Esto qué es? Esta decisión que toman los jueces es completamente incoherente, nadie la entiende, desviada a todo propósito de administrar debida justicia; ya que allí en la casa por cárcel, indiscutiblemente se encontrarán agresor y agredida. ¿Qué podrá pasar allí? También es notorio, bastante notorio que los noticieros divulguen que fueron sorprendidos en redadas o flagrancia por la autoridades policivas y los capturados, cual sorpresa, que deberían estar en la casa por cárcel, resulta que están disfrutando de la calle por cárcel, “redelinquiendo”.

Cerca de 9.000 presos se beneficiarán con detención domiciliaria, casa por cárcel, debido a la reciente reforma al Código Penitenciario. Ya la están solicitando aquellos que sus condenas no excedan los 5 años.

Para conceder la casa por cárcel es necesario la utilización de nuevas tecnologías que permitan el manejo y control de la ubicación exacta del reo, su residencia.