¿Censura?

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Tulio Ramos Mancilla

Tulio Ramos Mancilla

Columna: Toma de Posiciones

e-mail: tramosmancilla@hotmail.com

Twitter: @TulioRamosM



La misma semana en que al presidente de la República se le escapa (?) ante las cámaras de televisión que lo acompañaban a él, al alcalde de Bogotá, y al director de la Policía Nacional, una suerte de confesión acerca de su deseo de que las imágenes de los robos en supermercados y demás (con que los noticieros -en despliegue de no poco sensacionalismo, es verdad- cautivan a su audiencia más popular), sufriera algún tipo de restricción en cuanto a su difusión, la señora directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF, Cristina Plazas Michelsen, demanda la tutela de sus derechos fundamentales respecto de una denuncia que hiciera el periodista Gonzalo Guillén, y por ello solicita que le cierren a él la cuenta de Twitter, es decir, lo que ella considera el arma del crimen. Hay todo un debate falso que quieren plantear: falso, pues en la ponderación de dos derechos fundamentales no hay fórmulas matemáticas valederas.

 

En relación con lo primero, si bien el sensacionalismo no es periodismo (como tampoco lo es la falta de análisis y de rigor investigativo, el linchamiento público que acostumbran los medios colombianos, y el escándalo que hacen por cualquier tontería), no puede pretender el presidente que el problema de la violencia urbana desaparezca de la conciencia de los colombianos mediante la  desinformación absoluta. Los videos de los atracadores no sirven para acabar el problema, pero al menos no lo disimulan, y hacen que los colombianos tomen una conciencia -aunque paranoica- de su situación. Lo contrario sería mucho peor: vivir en la completa

ignorancia de lo que sucede ahí afuera. Para actitudes anti-democráticas como esta, nos quedábamos con el gobierno anterior.

El asunto de la directora del Bienestar Familiar es igual de delicado.

Ella ejerce el legítimo derecho a resguardar su buen nombre, el que, como funcionaria pública tal vez considera parte de su capital político. Y decide contraatacar con todo el peso de su influencia ante la imputación de unos hechos que, más allá de si sucedieron o no –no me consta ni lo uno ni lo otro-, guardan una estrecha relación con su ineptitud para tramitar el tema de los niños guajiros que mueren a diario por desnutrición, pues la información de Guillén tiene como epicentro Riohacha. Muy extraña esa actitud extremadamente defensiva de la demandante, al instigar el cierre de una cuenta de red social –genuino absurdo jurídico-, más si se tiene en cuenta que quien la ha señalado como fiestera y derrochadora no es otro sino el periodista que se ha enfrentado a toda esa inmunda corruptela que hay en La Guajira, también responsable, cómo no, de la miseria de sus gentes.

El falso debate que han querido plantear es acerca de la validez de la petición de Plazas. Un juez de la República no puede ordenar el cierre de una cuenta de Twitter sin violar la Constitución Política (sí, el famoso artículo 20, el mismo que me permite escribir esto sin que me metan preso). Si, por lo demás, el juez de conocimiento de la tutela presentada encuentra que la opinión respectiva no está sustentada con pruebas, pues sencillamente debe garantizar la rectificación. Lo demás corresponde a una investigación penal. La actitud de la abogada Plazas es propia de una dictadorzuela, dentro de un gobierno que se ha ufanado de representar todo lo contrario. Claro, que si el ejemplo lo da el jefe…

Por Tulio Ramos Mancilla
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



Más Noticias de esta sección