¿Eso es delito?

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Escrito por:

Tulio Ramos Mancilla

Tulio Ramos Mancilla

Columna: Toma de Posiciones

e-mail: tramosmancilla@hotmail.com

Twitter: @TulioRamosM



Hay una delgada línea, aunque existente, entre dos clasificaciones de conductas que están relacionadas entre sí respecto de su resultado final. En época electoral resulta cosa cotidiana que una persona, o un grupo de ellas, pida, solicite, requiera, el voto -individual o grupal- para apoyar la elección de determinado candidato, o candidatos, ante otra persona u otro grupo de ellas.

 

El primer conjunto de conductas es el relacionado con la persuasión permitida para el ejercicio de la política: sin eso no habría eso que aquí llamamos democracia, y por más ventajas que pudiere tener su desaparición, a la larga podría ser incluso peor, así que no queda más remedio que aguantar el balido aparente de los lobos.

El otro grupo de conductas es, desde luego, el vinculado con las tipificadas en el artículo 387 del Código Penal: constreñimiento al sufragante. 

Decía que hay una delgada línea. Digo más: a veces la línea no se ve para nada. Claro está, la miopía aumenta o disminuye dependiendo de la calidad del lente con que se vea. Me refiero a una circunstancia muy particular que suele presentarse sin asombro de nadie en Colombia, pero que no por ello es normal, ni dejará de ser delito, y mucho menos perderá su condición de acto deleznable, propio de cobardes que se aprovechan de la migaja de poder que sucedáneamente paladean.

 Se trata del clásico caso en que el empleador utiliza la fuerza de un contrato laboral para dirigir la voluntad ciudadana de un trabajador. Estoy hablando del quiebre más vulgar a la relación de equilibrio jurídico que se ha tratado de crear, a través de la historia, entre empleador y trabajador, para evitar el abuso (la esclavitud moderna) del primero frente al segundo.

Resulta que en las más variadas empresas puede uno apreciar hoy cómo hay empleadores, o sus representantes (los supervisores del contrato, o el nombre que reciban), que directa o indirectamente les notifican a los trabajadores a su cargo que "hay que votar por este tal por cual", o como se llame el ilustre señor beneficiario de la democracia.

Ese "hay que votar" no es ninguna sugerencia: se trata de una coacción verificable desde el tono de voz con que se pronuncia, la ocasión en que ello se hace, y la carga de presión sicológica que tiene, pues, para algunas personas de poca educación o entrenamiento en la vida, la palabra de aquel del que depende la alimentación de sus hijos es algo poco menos que sagrado. 

Entonces, ¿es delito obligar -aun sin hacerlo propiamente- a una persona a votar por este o aquel candidato? Sí, lo es. Y si no es un cargo público lo que está de por medio (algo más que cotidiano en el desprestigiado sector público), sino que es un trabajo privado en el que no tiene injerencia directa el respectivo politicastro que van a elegir, ¿también? Sí, también. La excusa de que la empresa se va a acabar si no se vota por el amigo/pariente del dueño de ella, o del jefe, no puede, por simple nominación, dejar de ser la amenaza que es. Que estemos acostumbrados a esto, o que no metan preso a nadie por pedir el voto de la manera descrita…, es pura música de fondo.  



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