Prima de junio podrán pagarla hasta en tres cuotas

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Siempre y cuando exista un acuerdo entre empleador y trabajador.

 

A través del Decreto 770 del 3 de junio de 2020, el Gobierno Nacional autorizó que la prima de junio pueda ser pagada en tres cuotas a más tardar el 20 de diciembre; es si en previo acuerdo entre el empleador y el empleado.

"De común acuerdo con el trabajador, el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el veinte (20) de diciembre de 2020. Los empleadores y trabajadores podrán concertar la forma de pago hasta en tres (3) pagos, los cuales en todo caso deberán efectuarse a más tardar el veinte (20) de diciembre de 2020", dice exactamente el artículo 6 del decreto.

Anotaciones

El artículo 5 explica que las empresas podrán distribuir las 48 horas de trabajo semanal de sus empleados en cuatro días, de modo que en cada uno se laboren 12 horas. Esto para evitar aglomeraciones. A lo anterior también se refieren, "serán reconocidos los recargos nocturnos, dominicales y festivos de conformidad con la normatividad vigente", aunque abre la posibilidad de que el pago de los recargos se aplace hasta diciembre: "El pago podrá diferirse de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador, en todo caso, máximo hasta el 20 de diciembre de 2020".

Empresas beneficiarias del programa de apoyo a la prima

En este caso, dichas empresas también podrán acordar con el empleado el pago de la prima de junio en las mismas condiciones ("tres pagos iguales (...) máximo hasta los primeros veinte (20) días del mes de diciembre de 2020").

Lea el decreto aquí: https://drive.google.com/file/d/11UqeK5AHmfcMhIS8wcOOm-ZtHxX7H5ZB/view?usp=sharing






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