Faltan datos de otros municipios.

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Escrito por:

Wilfrido De la Hoz

Wilfrido De la Hoz

Columna: Opinión

e-mail: wilfridodelahoz@gmail.com



Pocos colombianos saben, con exactitud, cuántos municipios registran las autoridades en nuestro país. Para que usted se vaya informando, en Colombia tienen base de datos de los municipios la Federación Colombiana de Municipios, Dane, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio del Interior, Registraduría Nacional del Estado Civil y otros. Colombia posee 1.103 municipios registrados en el DANE. Esta cifra incluye los 10 distritos especiales que se cuentan también como municipios, más San Andrés y Providencia.
El Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, junto con Bogotá, Distrito Capital conforman los treinta y dos departamentos de la División político-administrativa de Colombia; la isla de San Andrés, siendo la capital del Archipiélago, aun así, no tiene la condición de municipio; digamos que allí sólo se cuentan dos municipios: San Andrés y Providencia y Santa Catalina.
También, es poco conocida la figura atípica del ordenamiento territorial colombiano que muestra 18 áreas no municipalizadas. Estas áreas se encuentran ubicadas 9 en Amazonas, 6 en Guainía y 3 en Vaupés; no alcanzan la categoría de municipios y además no pertenecen a ninguno de los municipios ya existentes.

Los colombianos percibimos que nuestra Nación contiene muchos municipios, que estamos en mora de empezar a eliminar municipios, cuyos presupuestos propios no alcanzan ni para pagar el sueldo del alcalde y sólo esperan las transferencias de los recursos de la Nación para su funcionamiento.

Pero, la vaina es que, así como existen procedimientos constitucionales y legales para la creación de nuevos municipios, así mismo debe haber normas para eliminar algunos ya existentes. Parece muy sencillo pensar que, si un municipio ya no cumple las condiciones constitucionales y legales exigidas para su creación, entonces debería perder su condición de municipio. No obstante, debe haber una norma jurídica que explique tal procedimiento.

Manifiesto sinceramente que habiendo preguntado y buscado hasta en el buscador web de Google dicha norma, no encontré ninguna con precisión que me ilustrara cómo se hace para eliminar un municipio. Lo que si encontré fue una telaraña regulatoria para que la Nación, los departamentos y los municipios mismos ya existentes adecúen su funcionamiento.
Sin embargo, no crea usted que es tan fácil crear municipios; pues, para hacerlo se deben cumplir, entre otras las siguientes condiciones:

1ª Que tenga por lo menos 20.000 habitantes y que el Municipio o Municipios de los cuales se segrega quede cada uno con una población no inferior a 25.000 habitantes.

2ª Que en los tres últimos años fiscales haya aportado en rentas y contribuciones al Municipio o Municipios de los cuales se segrega suma no inferior a un millón de pesos ($1.000.000.00) anuales y que, además, éstos queden cada uno con un presupuesto no inferior a un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.00) anuales.

3ª Que a juicio de los organismos departamentales tenga capacidad para organizar presupuesto anual no inferior a un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.00).

4ª Que en el poblado destinado a cabecera residan no menos de 3.000 personas.

5ª Que la creación sea solicitada por no menos de cuatro mil ciudadanos domiciliarios dentro de los límites que se piden para el nuevo Municipio, y que las firmas de los solicitantes estén autenticadas por el juez del Municipio o Municipios de los cuales se segrega el que se pretende crear.

Así las cosas, dejo esa inquietud a alguien que se anime a producir un texto legal claro, sencillo y comprensible para eliminar aquellos municipios pobres sin escuelas, puestos de salud, acueductos y mucho menos conectividad; sólo conservan la imagen política de quienes los promovieron a tal categoría.


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