Ley de pago ¿justo?

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Escrito por:

Antonio Jose Miranda Vives

Antonio Jose Miranda Vives

Columna: Opinión

E-mail: ajmirandav@hotmail.com


Colombia entra en el grupo de países que buscan proteger la liquidez de las pequeñas y medianas empresas que, en nuestro caso, representan cerca del 96% del tejido empresarial y generan cerca del 80% del empleo. La llamada ley de pago de justo entra como una herramienta de protección ante la arraigada costumbre de algunos, de no pagar sus obligaciones en un tiempo prudencial, hecho que está llevando a la quiebra a miles de empresarios todos los años.

Esta ley que aplica tanto para el sector privado como el público, establece un pago de facturas en un periodo máximo de 45 días (en el 2.021 serán 60 días), una serie de sanciones por el no cumplimiento de estos términos, crea un reconocimiento a las empresas que paguen a plazos justos y de paso deja sin validez cualquier pacto o acuerdo que en contrario fijen las partes. La ley no se queda en esto y bien hace en aclarar que todos los “tramites” necesarios que sean requisitos para hacer exigible el pago de la obligación contraída, se incluirán en el tiempo de los 45 días; Busca con esto acabar las malas praxis de algunos, tendientes a dilatar los plazos y dentro de los cuales resaltamos: no recibir la factura o recibirla pero no a satisfacción; contar solo los días hábiles; cargarle al vendedor cualquier error que surja en el proceso; inventar políticas de pago selectivas, entre otros. En todo caso cualquiera que sea la política de pago de la empresa compradora los tiempos comenzarán a contar una vez el comprador recibe su producto o servicio.

Algo que, si se extraña en la ley y que generará condiciones desfavorables en el mercado, es que esta (ley) no aplica para negocios entre grandes empresas, lo cual crea una condición de preferencia entre estas (las grandes) para contratar con empresas que estén eximidas de dicha obligación de pagar a plazos justos. No dieron mayor razón los congresistas de porqué haber hecho esta excepción a la norma que en todo caso debió haber sido universal, con el fin de crear condiciones de competencia igualitarias para todos los actores.

Esta nueva normativa que aplica solo en algunos países y que pareciera una cierta injerencia del estado en asuntos privados, busca garantizar la liquidez que se ha visto amenazada, por un lado, por la cultura del no pago y por el otro por la posición dominante que ejerce el que más músculo financiero tiene. De más está decir que garantizando que las empresas se puedan apalancar en sus propias ventas repercutirá en que no requieran tomar créditos bancarios, disminuyendo los costos financieros en sus operaciones, lo que permitirá alcanzar mejores resultados económicos y en algunos casos hasta una baja en el precio de sus productos o servicios.

Con este simple cambio en los tiempos de pago se producirá un revolcón en los modelos de negocio de algunas empresas como los supermercados, cuyos resultados financieros estaban cada vez más ligados a el apalancamiento con el capital ajeno y no al propio.