Historia clínica electrónica

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Escrito por:

Wilfrido De la Hoz

Wilfrido De la Hoz

Columna: Opinión

e-mail: wilfridodelahoz@gmail.com



Los colombianos reclamamos que Colombia establezca obligatoria la historia clínica electrónica de cada paciente, la cual permitirá el flujo de la información entre instituciones prestadoras de servicios de salud.
EL Ministerio de Salud y Protección Social, en colaboración con el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, ha avanzado en el desarrollo de este mecanismo que se dispondrá para que la historia clínica de los pacientes pueda ser consultada por los médicos, sin que sea necesario rehacer su historia clínica, ya que en la red el médico puede consultar información de sus pacientes desde cualquier lugar del país, permitiéndoles tener datos confiables de todos los antecedentes de salud de quienes los consultan.

El Preámbulo de la Ley 100 fijó con claridad que: “La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen las personas y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad”.

Los colombianos tenemos claridad que una de las leyes más demandada y censurada con dureza es la Ley 100 de 1993, por medio de la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral. Eso ha ocurrido porque, desacertadamente se ha creído, que fue creada por el Senador Álvaro Uribe Vélez, en su momento. No obstante, sabemos que para su trámite en el Congreso se requiere un parlamentario como ponente del instrumento, lo que así fue.

La Ley 100 actual, aún persiste después de muchísimos intentos de modificarla y eliminar su verdadero objetivo social; de esta manera, mediante el uso de perniciosos instrumentos jurídicos para visibilizar el estigma de que es la causante de los problemas en la salud.

El Congreso de la República autorizó, en el Plan Nacional de desarrollo “Pacto por Colombia”, la estrategia de Punto Final, para contribuir a la sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud, permitiendo al Gobierno Nacional definir los criterios y los plazos para la estructuración, operación y seguimiento del saneamiento definitivo de las cuentas de recobro relacionadas con los servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la unidad de pago por capitación que es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud.

Los vehementes críticos a la Ley 100, de pronto, no la han leído serenamente. Para su información me permito informarles que esa ley contiene seis títulos, 289 artículos y 498 páginas; recoge todos los temas de la seguridad social reconocidos en Colombia. Esos Impetuosos malquerientes se apoyan en sucesos como el paseo de la muerte; los hechos delictivos de Saludcoop, Cafesalud y Medimás, en los cuales las entidades de control del Estado como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, y la Fiscalía General de la Nación, hasta ahora, no han sido tan eficientes como la sociedad reclama.

En Colombia ¿cuándo empezará a operar la historia clínica electrónica? Todavía no sabemos, pero sí sabemos que ya se han realizado los primero pilotos exitosos. La implementación de este mecanismo se hará de manera gradual, por servicios y podrán vincularse todas las instituciones que tengan la capacidad para hacerlo.