Derecho Penal Internacional y las pruebas PC Raúl Reyes

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Escrito por:

Jorge Caicedo Correa

Jorge Caicedo Correa

Columna: Opinión

e-mail: jcaicedoster@gmail.com



Respetando el concepto de la Corte Suprema de Justicia sobre las pruebas obtenidas en la Operación Fénix, donde se bombardeó el campamento de alias Raúl Reyes en el Ecuador y se le capturó su portátil que en ese momento el supremo jefe de ese grupo terroristas alias «Tiro Fijo» expresó: "Se me perdieron mis secretos".

La CSJ basa su providencia para archivar la investigación penal contra el congresista Wilson Borja en que no se cumplió la Ley 519 de 1999 que es el convenio de cooperación judicial con Ecuador.

Este convenio, está bien redactado, con los mejores deseos de colaboración y en su Artículo 5 dispone la forma cómo se debe utilizar. Por regla general los acuerdos impiden a las Fuerza Militares que actúen como Policía Judicial, pero en este caso se contaba con el apoyo de la Policía Nacional y Judicial.

El Código de Procedimiento Penal, Ley 600, señala que para juzgar a los congresistas cuando se necesiten pruebas que sean necesarias recolectarlas en el extranjero, solamente las pueden solicitar los jueces, los magistrados, los jefes de las unidades de Policía Judicial o los delegados del Fiscal General. En los operativos militares no caben las peticiones y no se contaba con el permiso del Ecuador para recolectar las pruebas, fue un asalto aéreo a sangre y fuego.

Pero a pesar de lo anterior, estas pruebas así obtenidas, sí son legales para el Derecho Penal Internacional y hay antecedentes al respecto, que voy enumerar, los cuales se atropellan en mi cerebro, inicio con la de Adolf Eichman en Israel, el Chacal en Francia, el caso de Turquía con Abdullah Ocalam donde el 4 de febrero del 2011 invitó a los Kurdos a actuar como los egipcios y este fue revisado y aprobado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los de la antigua Yugoslavia, Ruanda, las obtenidas en la casa de Usama Muhammed Awad Bin Laden en Pakistán y el actual conflicto en Libia donde van a juzgar a Gadafi sin pruebas obtenidas con todos los requisitos exigidos por nuestra Corte Penal Colombiana, esto es, no han sido recolectadas con la colaboración y consentimiento del Régimen de Trípoli. Innegable.

No se está desconociendo el Derecho Penal Colombiano, sino tratar de entenderlo dentro de un plano global, porque el mundo se convirtió en una aldea, el narco terrorismo de las Farc traspasó las fronteras nacionales y se volvió internacional porque no respeta las líneas y los hitos fronterizos.

Desde el punto de vista del Derecho Penal Internacional, las pruebas obtenidas en las memorias de los computadores de alias Raúl Reyes, decomisadas en su campamento son legales y así están obrando esos tribunales internacionales.

Lo único que hasta ahora es claro, que la victoriosa Operación Fénix, desafortunadamente violó la soberanía del Ecuador y es la única hasta ahora en el mundo que ha llevado Policía Judicial. Que fue un triunfo militar y se está iniciando una derrota jurídica a favor de la izquierda beligerante en Colombia.



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