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Columnas de Opinión
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Escrito por:

Edward Torres Ruidiaz

Edward Torres Ruidiaz

Columna: Opinión

e-mail: bancoverde@gmail.com



Le pegó y punto. No le cabe otra definición ni interpretación al acto de violencia protagonizado por el vicepresidente Germán Vargas Lleras contra su escolta. No es un “acto desafortunado”, ni otra “sacada de piedra del Vice” como eufemísticamente acostumbran algunos medios a matizar los escándalos del Gobierno. Es un acto de violencia física, al parecer continuo y permanente, del señor Vargas Lleras contra su escolta.


Y peor que la agresión es la humillación posterior de tener que aceptar el humilde escolta la sindicación de ser el causante de su propia agresión, al mejor estilo de la mujer maltratada por las trompadas de su marido, a la que se le sindica de merecerlo por hacerlo enojar.

Mientras tanto las redes sociales tratan de realzar el tema ante la insistencia de la prensa y los noticieros del Gobierno en pasar la página como un hecho menor o como una simple anécdota.

No puede escapar la agresión de Vargas Lleras a la Ley 1006 de 2006, que se creó precisamente para corregir estos casos. La agresión se enmarca en el artículo primero y séptimo como un “acto de “violencia contra la integridad física o moral (...)” y no le aplica ninguna de las conductas atenuantes del artículo tercero. Por el contrario, posee todas las circunstancias agravantes como lo señala el artículo cuarto de dicha ley, al ser reiterativas, como lo han demostrado los videos posteriores y como seguramente deben existir los testimonios, por existir una agresión física evidente y por la “posición predominante” del cargo de Vicepresidente en este caso, que usa los recursos del Estado (incluido al escolta que golpea) para promocionar una candidatura presidencial. Tantas coincidencias llevarán a que en adelante la ley de acoso laboral debería rebautizarse como la verdadera Ley Vargas Lleras.

El artículo diez de dicha ley tipifica este acto de violencia como “falta gravísima”, que contempla suspensión, destitución o inhabilidad según el Código Disciplinario Único, sin perjuicio de las acciones penales a que diere lugar la agresión; circunstancias que llevarían, nada menos, que al desmonte legal de la campaña del señor Vargas Lleras a la Presidencia. Así de delicado es el embrollo.

Será por eso que aún no aparece Santos a “condenar” tan bochornoso hecho de un miembro de su gobierno con la pompa mediática y los anuncios excepcionales que acostumbra en otros casos. Tampoco dice nada un congresista, ni el Ministerio del Trabajo, ni el Procurador o los jueces encargados por la ley de investigar el hecho de violencia. Este silencio permite concluir que comparten y justifican el maltrato del Vicepresidente a los empleados y que la ley de acoso laboral definitivamente es para los de ruana. Esperemos que los de ruana no justifiquen esos cocotazos en las elecciones que vienen.