Protección constitucional al enfoque diferencial

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Escrito por:

José Manjarrés Fontalvo

José Manjarrés Fontalvo

Columna: Opinión

e-mail: jomafo1959@hotmail.com



Colombia es un estado social de derecho encaminado fundamentalmente al respecto a la dignidad humana, cuando señala que todas la personas nacen libres e iguales ante la Ley, recibirán la protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por la razones de sexo,

raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión pública o filosófica; descansa en este articulo 13 de  nuestro Estatuto Supremo, que el estado tiene la obligación inaplazable de la protección especialmente de aquellas personas que por su condición económica, física o mental; se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionara los abusos o maltratos que contra ellas se comentan; se refiere este derecho a todas aquellos humanos que hacen parte del Enfoque Diferencial, tales como Niños, niñas, jóvenes, mujer, adultos mayores, discapacitados, personas con diversa orientación sexual, indigencia, privadas de la libertad , grupos étnicos, en situación de desplazamiento por la violencia, trabajadores y sindicatos y en donde el estado  debe promover las condiciones para la igualdad real y efectiva adoptando medidas en favor de estos grupos discriminados o marginados, donde se le garantice la protección de los derechos humanos, tales como en particular a la vida,  a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales, al principio de legalidad entre otros, recordando que nuestro país hace parte de la estructura orgánica en materia de Derechos Humanos  de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que ratificara Colombia mediante la Ley 74 de 1968, donde el enfoque sustancial de este Tribunal es que los Estados parte luchen en contra de la impunidad y por los derechos de las víctimas de violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos, a la verdad, a la justicia y a la reparación; de ahí que somos del criterio muy respetuosamente, de la relevancia en la construcción   y afianzamiento de una democracia verdaderamente sustantiva donde los amantes de la paz y la justicia social; debemos propender por una sociedad, donde impere la concertación, dialogo, tolerancia, respeto, decencia, conciliación, transparencia y receptividad a la necesidades y requerimiento de estos grupos de personas. E invitando  a todos los colombianos a consolidar la convivencia pacífica como uno de las rutas, para  lograr el anhelo de la mayoría de los colombianos como es la Paz.



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