Movimiento SOMOS radica tutela a la Registraduría por el derecho a la participación de jóvenes rurales

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Los miembros del movimiento están solicitándole a la Registraduría Nacional del Estado Civil que a través de la rama judicial se revoque la decisión de solo instalar mesas de votación en las cabeceras municipales, dado que esto dejaría sin oportunidad de ejercer su derecho al voto a un alto número de jóvenes que habitan en la zona rural.

El capítulo Santa Ana, Magdalena del Movimiento SOMOS radicó una acción de tutela en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil con el propósito de que, a los jóvenes habitantes del área rural de esta población, se les respete el derecho a la participación en las elecciones del próximo 5 de diciembre, que se llevarán a cabo en todo el territorio colombiano para elegir los Consejos de Juventud.
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El caso denunciado por los integrantes del Movimiento SOMOS, Capítulo Santa Ana, se estaría repitiendo en todos los territorios de vasta extensión rural y cuyos jóvenes son de base campesina, por lo que se les dificultaría trasladarse a las cabeceras municipales para poder ejercer su derecho al sufragio como lo establece el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia. Asimismo, en la acción de tutela radicada por los múltiples afiliados al movimiento SOMOS, Capítulo Santa Ana, queda claro que la Registraduría Nacional del Estado Civil no está velando porque los jóvenes rurales del departamento, y tal vez de Colombia, puedan ejercer sin ningún tipo de coacción o entorpecimiento, su derecho al voto, como lo establece el artículo 258 de la Constitución Política de Colombia.



Es importante resaltar que, en la elección de los consejos Municipales de juventudes, participan jóvenes entre 14 y 28 años, es decir que gran porcentaje son menores de edad, lo cual constituye una limitante adicional porque se requiere permiso de los padres para el traslado de los menores de un lugar a otro, y con las condiciones actuales de interconexión vial, muchos padres de familias se rehusarían a conceder tal autorización por el riesgo de peligro que esto representa. Los jóvenes de los corregimientos, veredas y zonas de difícil acceso, en su mayoría son de estratos bajos y resulta injusto que estos tengan que la carga electoral de destinar recursos para financiar el costo de un trasporte que se encuentra demasiado elevado por las circunstancias precarias de las vías de acceso.
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Lo anterior permite concluir que, bajo las condiciones enunciadas, miles de jóvenes no podrán ejercer su derecho al voto, por limitantes de índole geográfico, ambientales, familiares y económicas. Reiteramos nuestra firme intención de brindarles asistencia jurídica a todos los jóvenes del Municipio de Santa Ana y del Departamento del Magdalena, que consideren que, por las limitantes enunciadas, se les amenaza con vulnerarles su derecho fundamental a elegir y ser elegido.




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