Por unos ajustes constitucionales

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Reza el art. 93 de nuestra Constitución Política, que los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno, lo que quiere decir que por mandato de la misma Constitución lo que llamamos bloque de constitucionalidad (tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos) tiene un carácter prevalente sobre la misma Carta implicando que en materia de derechos humanos el bloque de constitucionalidad sobre derechos humanos está por encima de la misma Carta y de la ley.

Pues bien, dicho lo anterior veamos si se deben hacer algunos ajustes constitucionales que se amolden a dicho bloque y en especial a la Convención americana sobre derechos humanos en la casuística que sigue: que nos muestra porque muchos de la clase política alta están llevando sus casos a la justicia internacional con fundamento en el bloque.

En primer lugar, destacarse el caso de la senadora Córdoba, ella como senadora fue elegida por el pueblo. Llega el órgano de control de la Procuraduría y con base a la Constitución la destituye por 18 años. No es justo que un órgano de control escogido por el Senado sancione con destitución a uno de sus electores, lo que implicaría que nuestros legisladores sean mas razonables sobre ese punto, Como se trata de un derecho político la Convención americana sobre derechos humanos, impone que solo se pierden los derechos políticos, cuando exista previamente una sentencia judicial de condena.

El art 23 numeral 2o de la Convención Americana estipula que toda restricción de la ley sobre esta clase de derechos debe hacerse mediante sentencia judicial dentro de un proceso penal. Pifia de la Carta? Se resalta otro paquete que se le relacionó con la parapolítica y la defensa alega ante la Corte Interamericana: que por hacer sido investigados y juzgados por la Corte Suprema se les negó el derecho a las dos instancias.

La Convención americana entre sus garantías estipula la obligación de las dos instancias. No se cumplió con ese requisito del bloque dejando a la Carta corta de respeto por el bloque.

El presidente Santos trató de implantar la doble instancia en la fracasada reforma constitucional pero hemos seguido en la misma y se expone el Estado a una condena. Otro grupo que recoge a altos magistrados con la rebaja de sus pensiones también alistan maletas para ir a los tribunales internacionales con la idea de que se viola el debido proceso al no tenerse en cuenta los derechos adquiridos que en el Perú hubo un caso similar, fallado a favor de los funcionarios. Esperemos y veremos pero si se impone que se revise la Carta en esos puntos concretos.