El precedente judicial en Colombia

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Cada día es mayor la dinámica del derecho y en especial después de la segunda guerra mundial que acabara hace 68 años con dos bombas caídas sobre Hiroshima y Nagasaki con una diferencia de tres días. Muertos habidos: miles y la radioactividad sigue haciendo daño en el Japón que pertenecía los países del eje liderados por Alemania, Italia, España, Debemos todo esto al primer país en el mundo que hizo una revolución burguesa que fue llama para nuestra gesta emancipadora y por otra parte acabó con los títulos de nobleza dándose la primera Constitución en el mundo: los Estados Unidos que a veces confrontamos los latinos por su forma de política externa.

Pues bien, la justicia en la Alemania nazi era autoritaria, que se basaba en conjeturas o sospechas de responsabilidad y por ejemplo, por el solo hecho de ser judío era remitido sin importar el género, la edad o la salud a las cámaras de gas letal en la España de Franco ser liberal constituía un delito y fueron muchos lo que tuvieron que emigrar a nuestra América como en el caso de Luis Jiménez de Asua, OttCapdequi y otros. Pero de ese autoritarismo nació en la Academia Europea la tesis de propugnar por un derecho garantista en que se respetara el debido proceso y las garantías constitucionales al igual que el respeto por los derechos fundamentales que hoy se preconiza.

Ese nuevo orden constitucionalizó el derecho y estableció que son fuentes primarias o esenciales del Derecho en primer lugar la Constitución Política; en segundo lugar el bloque de constitucionalidad como lo manda la misma Constitución Política en su art 93 y que son todos los tratados y convenios internacionales ratificado por el Gobierno mediante una ley en mataría de derechos humanos.

Y ponemos un ejemplo: seria fácil que un congreso pudiera establecer la cadena perpetua o la pena de muerte, pero el bloque no lo dejaría y cualquier principiante de la carrera del derecho podría demandar esa ley y hoy el bloque prevalece en materia de derecho humanos sobre la misma constitución y recomendamos para iniciados leer la convención Americana sobre derechos humanos.

Pero fuera de la fuente tradicional de la ley hay que estudiar y aplicar la nueva fuente que es el precedente judicial, de carácter vinculante y el juez que deja de aplicar dicho precedente podrá incurrir en el delito de prevaricato como lo acaba de señalar la Corte Suprema en su sentencia de abril 10 de 2013 Radicado 39456 con ponencia del Magistrado José Luis Barceló Camacho (Jurisprudencia y doctrina de junio 2013 ) Este precedente se ha convertido en derecho positivo en la ley 1437 y en el Código General del Proceso.

Por consiguiente si sobre un punto de derecho hay decisiones iguales que conceden el mismo derecho ese precedente es vinculante para el operador de justicia y se debe aplicar. Por favor los nuevos abogados y quienes administran justicia más allá de la experiencia deben recordar estas nuevas fuentes del Derecho en sus decisiones.



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