La crítica del testimonio

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Uno de los medios probatorios más discutidos en la historia es el testimonio, o la declaración que rinde una persona al operar en él una sensopercepción.

Hasta el siglo XIII y con las 7 partidas se vino a admitir el testimonio de las mujeres, por cuanto el juramento era testicular y solo podían declarar los hombres por tener testículos.

Una discriminación de género que duró más de trece siglos y en Grecia y Roma solo el género masculino estaba en capacidad de declarar. Hoy no hay esa discriminación y el Sistema Penal Acusatorio habla de cuatro clases de testigos, uno el acusado cuando renuncie a guardar silencio, dos, el perito, tres el testigo de acreditación y el verdadero testigo presencial de los hechos.

En la evaluación del testimonio algunos elementos relevantes se tendrán en cuenta: las condiciones de percepción, las condiciones personales y sociales del testigo y la sanidad de los sentidos. Entre los factores antecedentes para evaluar a los testigos, tenemos la edad, por ejemplo el testimonio de los niños y ancianos. El niño tiene un sentido perceptivo y critico reducido de manera que tiene una tendencia a la mentira inconsciente. Tiene una tendencia a la fabulación.

Por otra parte, el niño es sugestionable y se critica que el interrogatorio de niños se haga por sicólogos forense, que debe grabar la entrevista y observar si se les mostró fotografía o rompecabezas masculinos o femeninos sugiriéndole algunos puntos del cuerpo humano que juegan un papel en la investigación por delitos sexuales . Sicólogos forenses y no clínicos y obligarlos a que graben las entrevistas, para la crítica de rigor.

Se ha dicho por expertos que cuando el relato del niño ha sido provocado, sus respuestas serán reflejo de las preguntas hechas sugestivamente. Con mucho tino el escritor francés Renan afirmaba que "el más grande error de la justicia es creer en el testimonio de los niños".

El profesor Gustavo Salazar Pineda, recomienda se aplique el sistema penal alemán que cuando se haga un interrogatorio a un menor sea analizado por un asistente criminalista y la opinión sobre la credibilidad la emita colegiadamente un instituto sicopedagógico y no una sola persona como se hace actualmente en Colombia donde esa entrevista se la dejamos a un sicólogo clínico que para todo sirve menos para una entrevista forense de ese tipo.

En la justicia civil y similar el menor debe tener más de doce años para declarar, pero en penal no hay mínimo de edad y ahí está el peligro al momento de valorar dicho testimonio. Se recomienda que en Colombia se señale una determinada edad que no se preste a la confabulación y manipulación del menor al declarar.

Sigue siendo la sicología infantil una importante ciencia auxiliar del Derecho Penal en Colombia. Otro de esos factores es la edad senil mirada como una etapa de regresión y debe ser valorada con mucho cuidado, cuando se goza de sanidad mental y orgánica.

Es una etapa de involución. La demencia senil, el Alzhéimer atacan orgánicamente dicha edad y muchas veces el anciano considera que los suyos lo reducen y se le quiere enviar al cuarto de San Alejo. Y válido que el hombre desde que ha querido hacer justicia, se ha valido del testimonio como medio de prueba.

Y obras del pasado como las Leyes de Manu, Hammurabi, el Digesto, la misma Biblia, hablan del testimonio y de sus limitaciones. El testimonio es tan viejo como el hombre, pero su estudio y su crítica son tan jóvenes como la era moderna.

La crítica testimonial estudia la falibilidad de los juicios humanos y se debe recibir con beneficio de inventario para su crítica. Con la vigencia del Sistema Penal Acusatorio el falso testimonio ha disminuido porque el testigo se enfrenta al contrario, o sea al contrainterrogatorio y allí es fácil demostrar si el testigo dice la verdad que interesa a la justicia. Se critica por algunos medios de opinión que el ofendido y sus parientes puedan declarar.

Creemos que estamos viviendo la era de las víctimas y no de los delincuentes y el derecho ha querido ser más receptivo a ese tipo de testimonio. Muchos de los errores judiciales tienen su origen en testimonios equivocados.

Factores concomitantes como el sueño, el alcohol y el ayuno tienen influencia en el momento en que se rinde testimonio o se percibió un hecho y en donde no haya operado las ilusiones o las alucinaciones. De todas maneras debemos dentro de la crítica testimonial o sana crítica, tener en cuenta los aspectos morales, intelectuales, afectivos, síquicos, personales y sociales.

El medio de prueba hoy en el Sistema Penal Acusatorio es el testimonio. Habrá una debida plataforma socio- cultural para pensar que el testigo es veraz e imparcial.