Por la defensa de la vida

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Dignidad humana, vida y libertad constituyen los tres derechos fundamentales de nuestra identidad. Si se hace un inventario de valores, poco a poco nuestros gobiernos dada la presión internacional están haciendo posible el respeto por la dignidad y si en el derecho a la libertad, por ignorancia o por abuso se cometen impropiedades por parte de las autoridades, la vida en la práctica sí que menos. Todas las organizaciones de la ley, de izquierda o de derecha siguen manteniendo el derecho de quitarle la vida al contradictor y es fácil ver en la práctica como convertirnos a los hombres en objetivos militares y lo que es peor se crean empresas de sicariato en que una persona por un precio le quita la vida a otro. Las organizaciones criminales asumen ese riesgo y el Estado que tiene la posición de garante como lo establece el Art. 25 del Código Penal es poco lo que hace. Se puede decir que todo es hoy problema de cultura, porque hemos perdido el sentido de tolerancia y diálogo. No hay respeto por la vida, y lo mismo que se dice de la pena de muerte extrajudicial se debe decir de la pena judicial. Desde 1910 la República conservadora, bajo la Presidencia de Ramón González Valencia se eliminó la pena de muerte judicial, que se había dado en la conquista, la Colombia y la República, salvo cuando en 1863 estuvimos sometidos al federalismo. El ahorcamiento y el fusilamiento más tarde fueron las formas de quitar la vida.

Hoy el país ha firmado y ratificado por el Congreso una serie de tratados y convenios internacionales que le prohíbe a Colombia el establecimiento de la pena de muerte judicial al igual que de penas degradantes o humillantes. Lo que impide que no se pueda recurrir como antes de 1991 a la reforma de la Constitución y tampoco que se pretenda que mediante un referendo se pueda cambiar una cláusula del bloque de constitucionalidad. Ya cumplimos cien años de la eliminación de la pena de muerte judicial, pero desgraciadamente sigue en pie la muerte extrajudicial y más grave cuando lo hace el Estado por fuera de la ley, so pretexto de su lucha contra la criminalidad. El Estado ha sido omisivo en ir a la fuente de la criminalidad que es la falta de empleo y de desempleados están llanas las organizaciones que actúan al margen de la ley. El ocio o desempleo que nos lleva al delito o a la prostitución de la mujer.

Como lo ha demostrado la Organización Amnistía Internacional, en ningún país se ha señalado que la pena de muerte tenga alguna eficacia para reducir la delincuencia o la violencia política. Está visto que dicha pena, sea judicial o extrajudicial, se imponen en gran proporción a los pobres y apersonas de minorías raciales o étnicas. Otras veces como un medio de represión política y se convierte en una lotería judicial o extrajudicial.

Afortunadamente el derecho internacional y en especial los tratados y convenios en materia de derechos humanos imponen a los países la necesidad de que se garantice y respete la vida y se proscriba la tortura o los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. La crueldad de la pena de muerte es evidente y una agresión física y mental contra una persona. En algunos estados americanos la electrocución, el gas venenoso o el gas letal siguen siendo los métodos de muerte.

En algunos países regidos por el Derecho Islámico, la decapitación y la lapidación siguen vigentes y en el Irán se le saca la sangre al condenado y muere por falta de oxígeno en el cerebro. Pero hasta cuándo el hombre seguirá siendo verdugo para el hombre. ¿Cuál es la autoridad para que un Estado pueda quitarle la vida a alguien? ¿Será nuestra mezcla étnica la carente de cultura de tolerancia y de respeto ajeno como fundamento de la paz, recordando a Benito Juárez? Una oportuna reflexión en este preámbulo político.



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