Carcomidas por la politiquería

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Escrito por:

José Lafaurie Rivera

José Lafaurie Rivera

Columnista Invitado

e-mail: jflafaurie@yahoo.com

Twitter: @jflafaurie



No son miles. Son millones de colombianos los que hoy padecen los efectos del cambio climático que experimenta el mundo.

El cruento invierno, precedido sin espacio de tiempo por los devastadores efectos del fenómeno de La Niña, ha destruido miles de viviendas adicionales, miles de hectáreas productivas, la muerte de muchos animales, la pérdida de cosechas y productos agropecuarios y el deterioro de una vieja red vial.

El Ideam lo había advertido: este invierno, que culminará en junio, será aún más fuerte. En el pasado había avisado sobre la agresividad de los fenómenos de El Niño y de La Niña, como también ha notificado que éstos serán cada vez más recurrentes.

A pesar de ello, Colombia sigue hoy padeciendo la grave tragedia de la indiferencia de las entidades encargadas de prevenir los efectos de tales fenómenos y del afán clientelista en las mismas y en los gobiernos locales.

Son problemas que nacieron con las mismas Corporaciones Autónomas Regionales, CAR. La Constitución del 91 le entregó expresamente al Congreso la función de reglamentar la creación y funcionamiento de estas entidades dentro de un régimen de autonomía (Art 150-7). Boquete que fue aprovechado para que en la Ley 99 de 1993 (por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, Sina, y se dictan otras disposiciones), se incluye a la naturaleza jurídica y los órganos de dirección y administración de las CAR (la Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo, y el Director General), todos bajo una óptica netamente burocrática. Quedó excluida de todo ese laberinto jurídico la Corporación Autónoma del Río Grande de la Magdalena que quedó dentro del Régimen Especial (CN, Art 331).

En la conformación de este engranaje de la política ambiental colombiana se refundió, infortunadamente, el principio de que las CAR tenían jurisdicción sobre territorios que conformaban un ecosistema o tenían unidad hidrogeográfica, para darle paso al concepto territorial (divipola), rompiéndose el concepto de unidad de las cuencas hidrográficas. En otras palabras, la politiquería pudo más que los principios ambientales, y se crearon así 15 nuevas entidades cuyos nombres, estoy seguro, nadie conoce, completándose un total de 33 CAR.

Supongamos, en aras del debate, que se requiere tanto Estado como el tamaño de los problemas a resolver. Indiscutiblemente la dimensión de las tragedias nos dice que eso no es así. ¿Tienen las CAR directa responsabilidad por no haber obrado con la diligencia y oportunidad? La respuesta es sí.

Los numerales 18 y 19 del Artículo 31 (Ley 99/93), no dejan espacio a la duda sobre su responsabilidad. Señalan, como funciones de las CAR, "Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales" (numeral 18); y "Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las previsiones técnicas correspondientes" (numeral 19). Más claro no podía ser.

Pero además señaló que debían "Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables" (numeral 20).

No sólo eran responsables de morigerar el impacto sino de coordinar institucionalmente las acciones. Por eso es que las inundaciones que se registraron en la Sabana de Bogotá y los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, como lo señaló Fedegán, se debió a la descoordinación, negligencia e imprevisión de las CAR que les correspondía abrir los aliviaderos que ayudan a desaguar el río Suárez por las compuertas de Tolón, cerca de Chiquinquirá.

Esta imprevisión contribuyó a inundar la región productora de leche más importante del país, la cual quedó inhabilitada para abastecer con este alimento a buena parte de Colombia. Y no sería extraño que un evento similar ocurra con la represa de Urrá, que hasta el momento de escribir estas líneas no se había regulado su capacidad en previsión de las lluvias que caerán en la región próximamente, y que en años anteriores la negligencia causó graves estragos.

El Decreto que promovió el Gobierno Nacional para modificar el régimen de las CAR (Decreto 141 de 2011), y que la Corte Constitucional tumbó, la verdad es que no era mucho lo que iba a solucionar el problema de fondo de las CAR. Dicha norma no lograba, en ningún momento, extirpar de estas entidades el clientelismo y la politiquería.

Más aún, su entronizamiento en el orden institucional es tan fuerte que las mismas funciones de sus órganos de administración quedaban prácticamente intactas, es decir, con el poder de crear una fronda burocrática y, desde luego, con las platicas (rentas de las CAR). Así las cosas, ¿cuál prevención contra desastres ambientales tendríamos los colombianos hacia el futuro? Ninguna.

Para cerrar con broche de oro, la tragedia ambiental y la intención de modificar a las CAR se da en un año electoral.

Ya el Ministro de Agricultura no vaciló en calificar de morrongos a los alcaldes que no han procedido con la debida celeridad a entregar las ayudas, pero lo grave es que van en camino muchos recursos para soliviantar la situación de los damnificados que, muy seguramente, serán feriados en la conquista clientelista electoral. Ese es el sino de nuestro arreglo ambiental.