Por una reforma penal estructural

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Si bien es cierto que estamos acudiendo a la aplicación del modelo del proceso de Stuttgart, que hace más celeroso el proceso penal, sin embargo, el común de las personas sigue desconfiando de la justicia penal y en especial de los jueces, magistrados y policías, no es posible que el Sistema Penal Acusatorio entre nosotros se haya convertido en un sistema penal aplazatorio y más grave aún, que los fiscales no practiquen pruebas sino la llamada Policía Judicial sin la experiencia y conocimientos necesarios dentro de la criminalística, asumiendo una función de acusar como la del fiscal, cuando se debe acudir a una investigación integral, o sea, investigar tanto lo desfavorable como lo favorable al imputado y no, que la defensa tenga que acudir a contratar un investigador privado haciendo más onerosa la administración de justicia.
Adicional a lo anterior, permitir como en el sistema penal escrito, que la defensa pueda conocer de los cargos para ejercerla ya que al no hacerlo se está violando el derecho de defensa que la misma Carta de 1991 protege.

En este sentido la oralidad se ha hecho fundamental como lo señalaban los juristas Mauro Cappelletti y Santiago Sentís Melendo. Dichos autores indican que la calidad de la justicia y del Derecho está íntimamente ligada a la calidad de las personas que la operan. Es indudable que la cultura es un aspecto determinante de la justicia. Por otra parte, no podemos negar que las reformas judiciales y carcelarias no han sido suficientemente eficaces.

El sistema carcelario, que ha sido uno de los componentes de nuestros Derecho penal, presenta un panorama alarmante con el hacinamiento que se da, y que en vez de rehabilitación, se observa una creciente corrupción de los mismos internos, desobediencia, delincuencia en el interior y hacia el exterior, violación de derechos humanos, vejámenes a los internos más débiles. Por otra parte, una guardia lumperizada y sindicalizada. No hay dirección científica, administrativa, política y financiera. No hay verdaderamente una política de rehabilitación financiera y sigue siendo la pena de prisión el icono institucional más razonable. Los grandes delincuentes han sido impermeables a la acción penal. No es posible tampoco que la universidad siga dando abogados habilidosos o grandes relacionistas judiciales.

De esta manera, necesitamos una justicia severa, pero justa, que actúe con sentido común y medianamente sabia.

El sistema oral ha sido provechoso y, convertir los procesos en verbales y sumarios debe ser la meta, para lo que se necesita un investigador y juez inquisitivo, en una sociedad con sentido capitalista de consumo, frente a una tecnología de avanzada y donde el cibercrimen es un delito de masas. El maestro Carnelutti se quejaba al fin de sus días del desencanto frente a la institución de las pruebas, que deben ser un instrumento de justicia y no de injusticia. Pruebas como el testimonio (cuatro clases en el Sistema Penal Acusatorio) y la confesión han venido en decadencia que no otorgan seguridad a la nueva forma de justicia, la cual debe ser oral, inquisitiva y concentrada.