La Constitución del 91, el tránsito a la modernidad

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Escrito por:

Eduardo Verano de la Rosa

Eduardo Verano de la Rosa

Columna: Opinión

e-mail: veranodelarosa@hotmail.com



Fácilmente uno puede identificar la Constitución Nacional de 1991 como la carta de navegación hacia la modernidad, que es la fase de la humanidad en la que dentro del reino de la razón se pueden construir las condiciones para una paz duradera.

25 años después de su expedición y muy a pesar de las contrarreformas que le han hecho, sigue siendo la “norma de normas” hacia a la paz y hacia el mundo de las garantías y los derechos humanos.

El tránsito a la modernidad presupone la conquista del reino de la razón, en la que no cabe la fuerza y menos la violencia. La democracia apela a la fuerza en forma excepcional, a manos del Estado, con la finalidad de asegurar los derechos y las libertades de la gente. En este sentido, el primer trabajo apunta a que el Estado recupere el monopolio de la violencia y desaparezcan las formas particulares de violencia que impiden la paz y la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Hans Kelsen, dice: “Cuando el ejercicio de esta violencia se centraliza, cuando el derecho de emplear la fuerza como una sanción es retirado a los individuos perjudicados y transferido a un órgano central, cuando se crea un poder ejecutivo centralizado, la comunidad jurídica se convierte en Estado”. Este es el propósito central de la Carta Política de 1991, la paz por medio del derecho y la garantía de los derechos.

La Carta Política del 91 nos permite salir de la guerra en forma civilizada y no mediante la aniquilación del adversario. Es la Carta de un Estado moderno que intenta superar el orden jurídico de la Constitución de 1886 que fue la expresión de la intolerancia política, cultural, racial y religiosa que caracterizó la ausencia de pluralismo y el respeto al otro y los derechos del otro.

Bien lo escribió el filósofo Rubén Jaramillo Vélez en su libro “Colombia: la modernidad postergada”. Asegura que nuestra Nación no ha podido construir una mentalidad moderna y que la modernidad ha estado postergada. Una de las causas de esta situación fue mantener intactas algunas reglas y principios de la Carta Política de 1886 en la de 1991. Un Estado moderno requiere instituciones modernas.

La Carta Política de 1991 es la Carta de los derechos, la paz, las acciones de tutelas, de grupos y populares, del bloque de constitucionalidad, de la autonomía de los pueblos indígenas, del reconocimiento de los afrodescendientes, de las comunidades Ltgbi, de la unión latinoamericana, de la separación entre el Estado y las iglesias, de la igualdad de las comunidades religiosas, de la elección popular de los gobernadores, de un sistema general de transferencias y del Estado Social y Democrático de Derecho.

Sin duda, es una carta política democrática, no obstante, no puede soslayarse la realidad de que conservó el nefasto centralismo político, un régimen ultra presidencialista y ninguna autonomía política para las regiones que siguen siendo tratadas como menores de edad. Bien lo dijo el constituyente Juan B. Fernández Renowitzky, en la propia Asamblea Nacional Constituyente: “Para las regiones autónomas se requiere una nueva Asamblea Constituyente afín de democratizarnos”.

De la misma manera, no se puede olvidar que el parlamento le ha introducido a la Carta Política 41 reformas, que han modificado 127 artículos que han desajustado aspectos democráticos de la Constitución, como expresión de un desaforado ataque a reglas que deben considerarse cláusulas pétreas. En esta fase del posconflicto, las sabias palabras de Fernández Renowitzky piden ser seguidas como orientación para la paz de nuestra nación.


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