El poder mediático de la prensa

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Prensa y radio miden las fuerzas de la información en el mundo. El New York Time y Washington  post en Estados Unidos. El País en España, El Tiempo en Colombia, y así en cada país, región o ciudad asoma un medio de opinión. Lo anterior conlleva a que estemos frente a un cuarto poder que merece críticas o aplausos.

 

La discusión internacional en los distintos foros es liderar si debe ser un eminente servicio público o una función del Estado. Florencia  Santouti decana de la Facultad de Periodismo de la Universidad de la Plata en Argentina es partidaria de que sea un servicio público por cuanto el derecho  a la información veraz es un derecho fundamental. Vemos en cada faena electoral cómo se polarizan los medios y cada político o grupo político tiende a buscar un amparo de radio o prensa, la mayoría de las veces por un denario lo que hace que la información sea parcializada y defensora de unos intereses, agregando que hoy la política se ha convertido en una empresa económica que busca el poder a sabiendas de que en cuatro años tendrán unas ganancias inimaginables.

El ejercicio sano del periodismo implica ser imparcial y veraz. Países como Venezuela, Ecuador y Argentina entre otros tienen una línea de aceptación que fija el propio gobierno y en países como el nuestro la información no tiene otro control. Sino que  impone el poder económico o político. En el caso de Santa Marta todos los medios tienen una línea de informar, La Carta política en su articulo 20 manda que toda persona tiene derecho libre a expresar y difundir su pensamiento y opiniones, como lo hacen los columnistas y los medios a informar y recibir información veraz e imparcial. La creación de medios masivos de comunicación está permitida constitucionalmente.

Los medios son libres pero su responsabilidad es social, es decir dependen del flujo de la moral social que establece la Carta. En otros términos se prohíbela censura como para recordar la ley de los caballos de la Carta del 86 que establecía censura para los medios opositores. Hay libertad de informar pero debe hacerse con un sentido de responsabilidad social de acuerdo con la moral social reinante. Pero no olvidemos que esa libertad de informar  no llegue hasta el improperio de la injuria y la calumnia para no colindar con el Código Pena.

 Pero la pregunta problema es saber si esa libertad permite al periodista o medio de opinión  cooptar jueces, cooptar legisladores, cooptar funciones de los organismos de control? No se puede desconocer el papel importante que juega la prensa escrita o radial investigativa cuando muestras situaciones de escándalo o corrupción, como lo ha hecho muchas veces un diario capitalino  pero miramos con tristeza la prensa amarillista o sea aquella que se convierte en la página social de los pobres al mostrar cadáveres en las escenas del crimen todavía llenos de sangre o que la policía a un posible delincuente, amparado mientras no sea condenado por la presunción de inocencia se le muestre en público afectando un futuro reconocimiento por haberse mostrado en cierta forma de prensa que lo que necesita es vender pero afectando una determinada investigación Próceres como Nariño y Bolívar fueron personas que utilizaron los medios impresos de su época. Pero sigue vigente la pregunta como lo pide la decana de periodismo de la Universidad de la Plata de que el periodismo sea considerado un servicio público o una función del Estado?.