José Gnecco Mozo y la pacificación del Llano

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



En el año de 1951, siendo Ministro de Guerra, el Dr. Roberto Urdaneta Arbeláez, el gobierno comisiona al jurista José Gnecco Mozo, como emisario del Gobierno Nacional para sentar las bases de pacificación del llano, y el Dr. Gnecco recibe, cartas credenciales y copia del oficio # 16 367, suscrito por el comandante del Ejército de Colombia Coronel Mariano Ospina Rodríguez.
Esta reunión se realizó en los Llanos Orientales, en el campamento de la octava zona de la división militar establecida por la fuerza revolucionaria, liderada por el guerrillero Tulio Bautista, comandante en Jefe de la revolución de los llanos y los demás firmantes , miembros de su estado mayor, reunidos para conferenciar con el Dr. José Gnecco Mozo, emisario del Gobierno Nacional, con el objeto de pactar las bases, de un Acuerdo, que pusiera fin alas acciones bélicas y se restaurara la vida pacifica y normal en esta región del territorio patrio, asolada para entonces por la discordia y la violencia. En el punto de reunión el Dr. Gnecco, mostró sus cartas credenciales y se procedió a fijar las bases del pacto de pacificación, previos algunos antecedentes: a).
El día 28 de julio de 1951, al amanecer, fue asaltada la Hacienda Puerto Rico de propiedad de la familia del Dr. José Gnecco, situada cerca a la población de Medina, por una comisión enviada por el comando de la octava zona. Allí fue desarmado y hecho prisionero el Dr. José Gnecco Mozo cuya vida y la de sus hijos y servidores de su hacienda, fueron respetados. El acuerdo a que se llega, vistos esos antecedentes, fue la aceptación de la formación de un comando de pacificación, cuyo primer jefe o comandante fuese designado por el gobierno, de acuerdo con sus actuales jefes revolucionarios, incluyendo a los mismos. Fue propuesto el nombre del Dr. José Gnecco Mozo, para integrar dicha comisión. Se facultó al comando de pacificación, elaborar y presentar al gobierno el Estatuto del Llano, con su régimen especial acomodado a la índole de la vida llanera de acuerdo con la constitución y la organización de los territorios nacionales.
Se hacía una subdivisión de dicho territorio en zonas o secciones y la instalación de juzgados que permitieran obtener pronta justicia, sin necesidad de recurrir a lugares distantes. Igualmente la creación de escuelas, centros sanitarios y de higiene y otros derechos. La jurisdicción del comando de pacificación, debía comprender todo el territorio de los llamados Llanos Orientales, que comprendía Llanos de San Martín, Llanos de Casanare y Llanos de Arauca y el Municipio de Medina Cundinamarca.
Se dejaba en manos del gobierno, la indemnización de los predios y heredades que fueron incendiadas y depredadas, con base a expedientes individuales. Al ser aceptadas las bases de este pacto, las fuerzas insurgentes se comprometían a velar por el orden, la paz, la seguridad, y no realizar acción armada alguna. El gobierno se comprometía a expedir un decreto de amnistía, considerando como delitos políticos esa serie de conductas, cesando por la fuerza pública, toda acción hostilizadora y la libertad de todos los presos por delitos políticos y en especial la fuerza revolucionara del Llano se comprometía al cese de toda violencia en el territorio nacional y de dar garantías al liberalismo para el libre ejercicio de sus funciones ciudadanas y el goce de las garantías constitucionales.
Tulio Bautista fue Comandante en Jefe de las Fuerzas Revolucionarias de los Llanos Orientales. De esa manera se puso fin a la lucha intolerante y política en los Llanos Orientales, política de lucha que fue de carácter partidista, en la década de los cincuenta. Este pacto puede servir de antecedente al acuerdo que se discute en La Habana y que nos recuerda al amnisticio habido entre Bolívar y el Pacificador Español Pablo Morillo y que puso fin a la guerra entre realistas (españoles) y patriotas (criollos). Consideramos de mucha importancia este documento que traemos a la memoria de los colombianos. Si recordamos el perfil de José Gnecco Mozo, murió a la edad de 97 años y era hijo de Villanuevero y Samaria, que se distinguió en el país como un connotado abogado, con excelencias de jurista.