Supertransporte suspende la fotodetección entre Sitionuevo y Puebloviejo, Magdalena

Departamento
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


Este miércoles, la Superintendencia de Transporte ordenó la suspensión de la fotodetección instalada entre los municipios de Puebloviejo y Sitionuevo por incumplir con el requisito técnico de señalización que advierta sobre la ubicación de dichos dispositivos.

A través de un comunicado, la entidad indicó que la oficina de Tránsito y Transporte del Magdalena debe anular de manera inmediata este proceso hasta que se cumplan con los correspondientes criterios técnicos de Ley. 

De acuerdo con el superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias, “el artículo 3 de la Ley 1843 de 2017 dispone que la Superintendencia de Transporte tiene como función adelantar, de oficio o a petición de parte, acciones tendientes a verificar el cumplimiento de los criterios técnicos definidos por el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial para la instalación y operación de SAST en Colombia. En el evento de encontrarse incumplimientos por parte de la autoridad de tránsito, la Superintendencia podrá iniciar la investigación administrativa correspondiente la cual podrá concluir con la suspensión de estas ayudas tecnológicas hasta tanto se cumplan con los criterios técnicos definidos por la ley. Es con hechos que protegemos los derechos de los usuarios de las vías nacionales, al mismo tiempo que incentivamos el cumplimiento de la normatividad por parte de las autoridades que integran el sector”. 

En el documento, Supertransporte señaló que en 2019 recibió denuncias de diferentes ciudadanos que manifestaron que la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena impuso órdenes de comparendo por infracciones de tránsito detectadas a través de SAST sin que existiera la señalización que da cuenta de su ubicación. Por lo anterior, mediante Resolución Nro. 7541 del 7 de septiembre de 2020, la Superintendencia abrió investigación administrativa y formuló pliego de cargos en contra de dicho Organismo de Tránsito por la presunta vulneración de las disposiciones contenidas en los artículos 10 y 13 de la Ley 1843 de 2017, en concordancia con el artículo 10 de la Resolución 718 de 2018.

Leer también: Personería solicita suspensión de las cámaras de fotomultas en Santa Marta

Ante la formulación de pliegos, la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena presentó su escrito de descargos y aportó pruebas documentales. “Dentro de las pruebas practicadas se ordenó la realización de visita de inspección a varios puntos donde el Ministerio de Transporte le autorizó al Organismo de Tránsito del departamento del Magdalena la instalación y operación de SAST, a efectos de revisar el cumplimiento de los requisitos técnicos, en especial, aquel relacionado con la señalización por cuenta de la cual se advierte sobre su ubicación”, expresó la Superintendencia.  

 Tras finalizar el análisis de tres puntos de la Troncal Caribe en Puebloviejo y Sitionuevo, Magdalena, la Supertransporte pudo constatar que no cumplen con los requerimientos mínimos, toda vez que las señales no están ubicadas con una antelación de 500 metros de distancia de los dispositivos de detección electrónica, sino que fueron instaladas a una distancia mayor.

Entre las medidas impuestas por la entidad, también fue sancionada la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla por operar un dispositivo electrónico móvil de cámara de fotodetección sin contar con la autorización que concede el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial. 

Quizás le interese: Diputados piden a la Gobernación terminar el contrato con la concesión encargada de las fotomultas





Más Noticias de esta sección

Publicidad