Manuel Julián De Mier y su disputa legal de tierras contra los vecinos de Mamatoco

Manuel Julián De Mier. Rico comerciante samario, fue propietario de las haciendas de San Pedro Alejandrino, Lo Estren, Minca, Santa Cruz de Papare, Garabulla y Toribio; además de muchos inmuebles en la ciudad. Socio e impulsor del ferrocarril de Santa Marta que le permitió contar con una estación ferroviaria en su hacienda Santa Cruz de Papare para embarcar caña de azúcar, melaza, azúcar y su ron Papare.

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Con motivo de la realización de un inventario de efemérides dedicada a los 500 años de fundación de esta ciudad, surgieron muchos acontecimientos fantásticos y curiosos, como el robo del correo nacional en el sitio Cuatro Bocas de la Ciénaga Grande de Santa Marta en 1871, la pandemia del cólera en 1849 y otros hechos que sacudieron la aburrida cotidianidad de Santa Marta de épocas pasadas.

Por: Álvaro Ospino Valiente

Presidente de la Academia de Historia del Magdalena

Especial para EL INFORMADOR

De ellos, nos llamó la atención el particular litigio de tierras entre Manuel Julián De Mier (1820-1896) y los vecinos de la antigua población indígena de Mamatoco. El señalado comerciante samario fue conocido entre sus familiares como “Papa Piñón”, era hijo de Joaquín De Mier Benítez y nieto de Faustino De Mier y Theran, se casó con la dama Dolores Diazgranados De Soulier en 1849, nacida en Kingston (Jamaica), con quien tuvo dos hijos: Joaquín Pedro De Mier Díazgranados, conocido como el Marqués de Santa Coa e Isabel Quintina De Mier Díazgranados. Heredó la hacienda de San Pedro Alejandrino de su padre y adquirió las haciendas, Minca y Santa Cruz de Papare donde producía en sus trapiches y destilería, melaza, azúcar, panela y el ron Papare; además de Garabulla y Toribio cerca de Ciénaga.

Algunas disputas de límites de tierras entre criollos e indígenas se presentaron durante le época de la colonia, estos últimos habían obtenidos fallos favorables de litigios durante el gobierno español, decisiones que llenaron de confianza a los naturales que incidieron en lealtad a la Corona española durante la lucha por la independencia.

El proceso más antiguo que conocemos se presentó en el resguardo de San Jacinto de Gaira contra la familia Díaz Granados en la segunda mitad del siglo XVIII. Durante el gobierno de José Mozo De La Torre (1709- 1716), los naturales quedaron reducidos en pequeño número, cediéndole parte de sus tierras al administrador, quien las negoció con Juan Antonio Díaz Granados, sus herederos Gabriel Díaz Granados, Pedro Díaz Granados y Francisca Díaz Granados, se negaron a restituirles lo señalado por el virrey Pedro Messía De La Cerda en 1771, conforme a la denuncia iniciada en 1740, consistente en una legua cuadrada de tierra fértil proveída de agua.

En 1773, Diego Joseph Ruiz, a la sazón cacique del resguardo de San Jacinto de Gaira, mediante memorial dirigido al virrey Manuel De Guirior, reiteraba la petición de recuperar sus tierras, exponiendo los atropellos y padecimientos de los funcionarios españoles. A instancias de la orden del virrey, el gobernador de la provincia de Santa Marta, Manuel De Herrera y Leyva, tardó casi dos años para iniciar el proceso que se dilataba, como por ejemplo con la declaratoria de impedimento del fiscal de la Real Hacienda, Antonio Joseph Vélez Ladrón De Guevara porque Gabriel Díaz Granados era su suegro. En enero de 1790, luego de casi dos décadas, el gobernador José De Astigárraga les concedió la razón a los indígenas, otorgándoles un globo de tierra fundamentado en una medición realizada en 1744.

Aspecto de la hacienda de San Pedro Alejandrino, 1921. Fue de propiedad de la familia De Mier hasta la compra de la gobernación del Magdalena en 1891; estaba dedicada a la producción de ron, miel, y panela. Simón Bolívar pasó allí sus últimos días y falleció el 17 de diciembre de 1830.



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Otro caso fue con los indígenas del resguardo de San Juan de la Ciénaga a mediados del siglo XVIII, cuando el propietario de la hacienda Santa Cruz de Papare demandó ante las autoridades coloniales la anexión de 28 fanegas de tierra que se les habían entregado a los indígenas de esa jurisdicción. El virrey José Solís Folch De Cardona falló concediéndoles a los indígenas 5 caballerías, 4 fanegas y 95 almudes de tierra propicia para el cultivo. Un asunto más, ocurrió cuando un vecino compró tierras lindantes de dicho resguardo en 1777, iniciándose un litigio entre ambos, al volver a medir las tierras en 1788 y se compararon con unas mediciones que se hicieron en 1757, demostró que las tierras del resguardo fueron recortadas; por ello, se dictó sentencia a favor de los indígenas en 1793. Otro proceso iniciado por Félix Palau en 1819, propietario de la hacienda San Antonio Rompedero de Pestagua por la isla de Salamanca contra los indígenas, que argumentaba un pago por la utilización de sus tierras como servidumbre y los daños ocasionados a sus potreros, porque los indígenas conducían su ganado a tierras donde poder suministrarles agua, ruta históricamente utilizada por ellos; además que en contraprestación el proceso se invertía. El arbitraje favoreció a los indígenas del resguardo de San Juan de la Ciénaga.

El último caso más resonante de disputa de tierras fue durante los primeros días de aspiraciones de independencia, lo denunció el franciscano Miguel Felipe De Solera, cura doctrinero del resguardo de San Jerónimo de Mamatoco, por la invasión de parte de los terrenos de esa localidad, similar al caso que nos ocupa. La comunidad entabló una demanda contra José Francisco Munive y Mozo, el invasor de las tierras a la sazón coronel de milicias y diputado en Cortes, miembro de la primera Junta Superior Provincial de Santa Marta. El arbitraje cayó en manos del administrador de las reales rentas de aguardientes, naipes y correos, José María Martínez De Aparicio, quien intercedió a favor de los intereses de los indígenas.

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Volviendo al tema, la principal fuente para este escrito es una publicación de 1874, impreso en la Tipografía Mercantil de Santa Marta, titulada “Apelación que hace al buen juicio de sus conciudadanos el apoderado de varios vecinos de Mamatoco, en la demanda que les ha promovido el señor Manuel J. De Mier”. El señor De Mier había dirigido un escrito al Juez del Circuito el 20 de julio de 1872, solicitando el reconocimiento de la posesión de unos terrenos, requiriendo hacer comparecer a dicho despacho a los señores Martín Avendaño, José R. Díaz Granados y Pedro Pablo Cuao para que declararan: sí era cierto que los señores Santos Malambo, Gregorio Duica, Domingo Quesada, Aniceto Angulo, Tomás Angulo, José Cabrera, Vicente Granados, Manuel Pinto, José Dolores Pacheco y Eugenio Cuello que ocupaban sin su consentimiento los terrenos situados en la aldea de Mamatoco, según él pertenecientes a la hacienda de San Pedro Alejandrino. También, si les constaba que más de una vez les había notificado a dichos señores para que desalojaran sus terrenos, y que su respuesta siempre fue negativa, esgrimiendo estos que pertenecían a la aldea de Mamatoco; además, debían testificar que la ocupación era perjudicial para el señor De Mier y perturbaba el libre ejercicio de sus derechos.


Lavanderas en el río Manzanares, 1918. Las aguas del río Manzanares, sus riegos y parte de tierras, estuvieron en litigio entre Manuel Julián de Mier y varios vecinos de la antigua población indígena de Mamatoco, que dio como resultado un atentado en su contra.

Levantada la información se dirigió nuevamente al juez el 29 de agosto siguiente, solicitando comprobar, que los terrenos situados al suroeste de la hacienda San Pedro Alejandrino y de la hacienda Lo Estren en la sección de Mamatoco eran de su propiedad por herencia de su padre y estaban invadidos por las personas señaladas; por lo tanto, solicitaba se le amparara su posesión demostrada con títulos legales.

El 5 de septiembre de ese año, el juez dictó auto de amparo a favor del demandante, interdicto de conservar la posesión que implicaba despojo judicial a los invasores; aunque hubo reclamo legal por parte de los demandados, el juez no accedió a la solicitud y la negó por no estar arreglada a derecho y concedió el recurso de apelación. La disputa se enrareció por el atentado del 27 de septiembre de 1872, que sufrió Manuel J. De Mier durante una de sus visitas a la hacienda de San Pedro Alejandrino, debiendo viajar a los Estados Unidos para recibir tratamiento médico; a partir de ese intento de asesinato decidió no regresar a su hacienda.

Remitido el expediente a la Corte Superior para la decisión definitiva, audiencia programada el 23 de octubre de 1872, los demandados llevaron cuatro testigos, dos de ellos ancianos que pusieron de manifiesto el derecho con que aquellos ocupaban los terrenos en disputa y conocían los linderos que separaban las tierras o ejidos del vecindario de Mamatoco con las haciendas de San Pedro Alejandrino, Lo Estren y Curinca, evidenciando el justo derecho ininterrumpido; además que nunca sus dueños anteriores habían realizado reconvenciones o demandas judiciales porque pertenecían al pueblo de Mamatoco desde el tiempo del gobierno español, incluyendo las aguas del río Manzanares y los riegos. El abogado defensor José Antonio Granados se remitió a los libros de la Recopilación de Indias que protegía la propiedad de los indígenas, que no fue suficiente para salir airoso. Acabado el proceso, Manuel Julián De Mier se dedicó a sus negocios particulares con base a sus extensos cañaduzales de sus haciendas, su testamento de 1874, consignaba que solo San Pedro Alejandrino destilaba anualmente cinco mil cántaros del exquisito ron Papare.

También, se dedicó al impulso de la materialización del ferrocarril de Santa Marta, iniciado en 1881; una década después vendió la hacienda San Pedro Alejandrino a la gobernación del Magdalena convertido en santuario dedicado al Libertador Simón Bolívar. Su trágica muerte comenzó con el suceso del 18 agosto de 1896, había llegado de Santa Marta a su hacienda Papare y acostumbraba bañarse diariamente en el cercano río Toribio donde fue atacado por un caimán de doce pies de largo, que le trituró un brazo y le hizo varias heridas de gravedad; a pesar que lo socorrieron, arrancándoselo de las fauces del anfibio por otros bañistas, los doctores Salzedo y Angulo no pudieron hacer mucho, dada su avanzada edad, falleciendo en su hacienda la tarde de al día siguiente.

El Dato: El proceso más antiguo de tierras que se conoce data del año 1.709, segunda mitad del siglo XVIII

La Cifra: Una legua = 4.828.03 mts

              Una fanega = 6.560 mts cuadrados

              Un almud = 4.896 mts

              Una  caballería = 1.858 mts cuadrados

 

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