Corte Constitucional reconoce doble licencia de maternidad para parejas de mujeres

Sala plena de la Corte Constitucional de Colombia durante una de sus sesiones. Foto red social X de la Corte Constitucional

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La Corte Constitucional de Colombia reconoció el derecho de dos mujeres a acceder de manera simultánea a la licencia de maternidad por un mismo hijo, en el marco de una familia diversa.

La decisión quedó consignada en la sentencia SU-068 de 2026, en la que el alto tribunal ordena revisar el esquema legal vigente para garantizar el acceso equitativo a los permisos parentales, sin importar la configuración familiar.

 

El caso que originó el fallo

La determinación se dio tras el estudio de una acción interpuesta por una pareja de mujeres que conformó su familia mediante reproducción asistida. En este caso, una de ellas aportó el óvulo y asumió el cuidado principal del bebé prematuro, la mujer fue reconocida por el sistema de salud como “padre”, recibiendo únicamente 14 días de licencia.

Por su parte, la madre gestante, quien además enfrentó complicaciones de salud, accedió a la licencia de maternidad establecida por la ley, equivalente a 18 semanas.

Antes de llegar a la Corte, la afectada recibió dos fallos judiciales en contra.

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Exclusión en el sistema actual

Al analizar el caso, la Corte identificó una exclusión estructural en el modelo vigente de licencias, señalando que este “no responde adecuadamente a situaciones que se apartan del esquema binario de maternidad y paternidad” y que, además, reproduce desigualdades históricas.

Aunque el tribunal declaró un “daño consumado”, debido a que el tiempo de licencia ya había transcurrido, enfatizó la necesidad de realizar cambios de fondo.

 

Orden al Congreso

En su decisión, la Corte exhortó al Congreso de la República a rediseñar el sistema de licencias parentales bajo un enfoque de corresponsabilidad y reconocimiento del derecho fundamental al cuidado, superando las categorías tradicionales de familia.

 

Si bien el fallo no modifica de manera inmediata la legislación vigente, pero sí establece un nuevo estándar en materia de protección laboral, igualdad y cobertura en seguridad social para familias diversas.

 

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