Se adoptan nuevas medidas para enfrentar temporada seca en el Magdalena

Las prohibiciones y restricciones señaladas se levantarán cuando el Ideam conceptúe las condiciones climáticas de tiempo seco han cesado en el Magdalena.

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Dentro de las prohibiciones se restringirá temporalmente la realización de todo tipo de fogatas, incluyendo aquellas que se realizan con fines recreativos.

Teniendo en cuenta que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Ideam, proyectó que en el departamento del Magdalena se esperan para los próximos meses una reducción de precipitaciones, en el que predomina el estado semiseco, con déficit de agua, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag, mediante la Resolución N.º 5881 adoptó medidas y acciones para reducir el riesgo por desabastecimiento de agua e incendios de cobertura vegetal que pueden ser ocasionados por la alta temporada seca.

En este sentido, el Ideam pronostica una probabilidad muy alta de incendios forestales en los municipios de Sitionuevo, Pueblo Viejo, Remolino y Ciénaga, en sectores de la Sierra Nevada de Santa Marta y en el resto del territorio departamental una probabilidad de amenaza alta. En la zona rural del distrito de Santa Marta y en los municipios de Ciénaga, Aracataca y Fundación el Ideam mantiene una alerta roja por amenaza de incendios de la cobertura vegetal, lo que indica que hay una alta probabilidad de ocurrencia de este fenómeno.

Prevención de Incendios Forestales

Ante estas alertas, Corpamag adoptó ciertas medidas en materia de prevención y control de incendios forestales. Entre ellas, se prohibirá la realización de quemas a cielo abierto temporalmente para la preparación del suelo en actividades agrícolas, recolección de cosechas o disposición de rastrojos; asimismo la realización de actividades que involucren juegos artificiales o pirotécnicos y se restringe temporalmente todo tipo de fogatas, incluyendo aquellas que se realizan con fines recreativos, a fin de evitar incendios y en virtud de la defensa de los recursos naturales renovables por la temporada seca.



Por otro lado, se busca instar a las autoridades municipales a la ejecución de sus Planes de Contingencia y activar los Comités Municipales de Gestión del Riesgo sobre incendios de cobertura vegetal y generación de conocimiento con el fin de evitar la ocurrencia y propagación de los mismos. Del mismo modo, solicitar a la ciudadanía y comunidad en general, para que reporten inmediatamente a las autoridades toda fase incipiente de incendios, así como, tomar las precauciones necesarias para evitar que las actividades de recreación, laborales y demás sean causa de incendios de cobertura vegetal por descuido, como: arrojar cigarrillo, realizar fogatas, entre otras.

Los Cuerpos de Bomberos deberán permanecer en alerta y preparados ante la ocurrencia de incendios de la cobertura vegetal, remitiendo de forma inmediata a la Corporación el reporte de incendios, con el fin de que esta autoridad proceda a realizar el control y seguimiento ambiental a los mismos y tome las medidas necesarias y pertinentes a la mitigación o resarcimiento de los daños que se generen.

Desabastecimiento de Agua

Dentro de las regulaciones, la corporación también insiste en proteger las fuentes o depósitos de agua, como las que abastecen acueductos o suministros para consumo humano, restringiendo las actividades que puedan poner en peligro de contaminación de las respectivas fuentes. Igualmente, la entidad busca evitar la utilización de aguas superficiales y de agua potable en usos como el llenado de piscinas, lavado de vehículos con aguas suministradas por redes de acueducto, riego de jardines y zonas verdes.

En este sentido, Corpamag establece que “las empresas prestadoras del servicio público de abastecimiento de agua deben revisar el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua e implementar los planes de contingencia sobre el uso y ahorro eficiente del agua”. También exhortar a los alcaldes municipales del Departamento, para que expidan los actos administrativos correspondientes tendientes a prohibir el desperdicio del agua en el área de su respectiva jurisdicción.

Finalmente, las medidas autorizan a los alcaldes con jurisdicción en las Ciénagas: Zura, Carrillo, Jaraba, El Morro, Tamalamequito, Pijiño, Playa Afuera, Zapatosa, Chilloa, El Sapo, Malibú, Zarate, Zapayán, Cerro de San Antonio y Buena Vista, para que cierren de manera transitoria el flujo de las aguas provenientes de estos cuerpos lénticos hacia sus caños alimentadores, a fin de mantener los niveles de agua y garantizar el abastecimiento para consumo humano y uso doméstico de las poblaciones aledañas.

Se deben proteger las fuentes o depósitos de agua, como las que abastecen acueductos o suministros de agua para consumo humano.

No se permitirá la realización de quemas a cielo abierto temporalmente para la preparación del suelo en actividades agrícolas.




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