Esta medida adoptada por el gobierno distrital rige los días 18, 19 y 20 de febrero entre las 6:00 de la tarde y las 4:00 de la madrugada en la zonas rurales y urbanas de Santa Marta.
El Distrito mediante el Decreto 056; estableció restricciones durante la celebración que va del 18 al 20 de febrero, días en los que se realizarán eventos culturales, gastronómicos y desfiles.
Tal y como lo manda la norma, restringen los días anteriormente mencionados, desde las 6:00 p.m de la tarde a 4:00 a.m, la movilidad de motocicletas, mototriciclos, en zonas rurales y urbanas de la ciudad, durante los días sábado, domingo y lunes.
Cabe resaltar, que este Decreto no está vigente para vehículos de seguridad como; entidades públicas, la Policía Nacional, mencionando que deben llevar su carnet o chaleco que lo identifique como personal de la entidad y de las autoridades de tránsito.
Por otro lado, todos las festividades que se realicen abiertos a la ciudadanía, deberán contar con los permisos correspondientes, como; viabilidad técnica y de seguridad, entregados a través de la Oficina para la Gestión del Riesgo y el cambio climático, así mismo, de las Secretarías de Salud y Gobierno; quienes tendrán que supervisar y velar por el uso de vías y que todo se haga como es debido en cuanto a la realización de montaje de las tarimas, templetes, entre otros.
Otras medidas:
Mediante los días del Carnaval los establecimientos como; restaurantes, estancos, discotecas y demás, funcionarán entre las 9:00 am y las 4:00 am de la madrugada.
Así mismo, las tiendas estarán cumpliendo un horario hasta las 11:00 pm y las ventas de comidas rápidas funcionarán hasta las 4:00 a.m.
Esto, con el fin de proteger a toda la ciudadanía, samarios y turistas que visitan a la Perla de América, que llegan a gozar de esta ciudad, sus fiestas, cultura y todo lo que nos ofrece.
Las personas que incumplan este decreto, tendrán que someterse a dichas sanciones económicas y disciplinares.