Las 50 sombras de la APP Ciénaga-Barranquilla

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Escrito por:

Veruzka Aarón Torregrosa

Veruzka Aarón Torregrosa

Columna: Opinión

e-mail: veruzkaaaron.t@gmail.com

Twitter: @veruzkaaaron


El 30 de noviembre/2023, se adjudicó el que podría considerarse el contrato de mayor importancia en la historia reciente del Magdalena. El contrato de Alianza Público-Privada (APP), suscrito entre el departamento del Magdalena y el concesionario Ruta Magdalena Sierra Mar S.A.S., tiene por objeto la “Financiación, elaboración de estudios, diseños definitivos, gestión ambiental, predial y social, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del proyecto Ruta Magdalena Sierra Mar” (corredor Ciénaga-Barranquilla), por un valor estimado de $2.702.123.299.428 y un ingreso esperado -retorno de la inversión del concesionario- de $6.329.875.304.925. Contrario a lo acostumbrado por los gobiernos del “cambio”, la suscripción de este contrato no mereció aspavientos en vallas publicitarias ni mediante medios de prensa. Sin embargo, no extraña este manejo soterrado, dada las sombras que cubren dicha APP.

La primera sombra, aparece ante la decisión de la Gobernación del Magdalena de contratar este proyecto mediante la modalidad de APP. De acuerdo con la Resolución 3656/2012 del Departamento Nacional de Planeación (DNP), la entidad debe justificar el uso del mecanismo de APP, en lugar del esquema de obra pública tradicional. Para esto, dicha resolución define el uso de la metodología del comparador público-privado, la cual permitirá “contrastar cuantitativamente la modalidad de ejecución de un proyecto público con la modalidad APP, para decidir si la participación del sector privado en asociación con el sector público puede aportar más valor en el desarrollo del proyecto.” Las APP, se justifican por la escasez de recursos de las entidades territoriales para financiar grandes obras.

Si la Gobernación del Magdalena hubiera aplicado esta metodología, habría quedado claro que la entidad no necesitaba recurrir a una APP para contratar esta obra. Con un flujo de caja de aproximadamente $180 mil millones/año por concepto de peajes del corredor Ciénaga-Barranquilla, resultaba suficiente para contratar directamente la construcción de la obra. La intermediación financiera para obtener recursos del sector privado para una APP, siempre será mayor que la de una obra financiada con deuda pública. 

Otra sombra se asoma, al encontrar incluidas en el objeto del contrato actividades de rehabilitación y mejoramiento, las cuales, se desarrollarían sobre tramos existentes a cargo del concesionario saliente (Ruta del Sol II). ¿Por qué plantear el pago de estas actividades, si según Cláusula 14 del Contrato N° 229/2006, al finalizar este, el contratista debía entregar dichos tramos en perfecto estado al Departamento?  

Una sombra más oscura de este contrato, es el riesgo en el trámite ambiental, de vital importancia para este proyecto por tratarse de un área protegida, para la cual, la Ley exige Licencia Ambiental aprobada por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANLA). El DNP, en la Nota Técnica N° 5 “Descripción de los Productos a Entregar por Parte de los Estructuradores en la Etapa de Factibilidad del Proyecto para la Realización de las Justificaciones del Proyecto”, señala: “Si el estructurador determinó en la etapa de prefactibilidad la necesidad de obtener una licencia ambiental, éste deberá realizar en la etapa de factibilidad el Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) y el Estudio de Impacto Ambiental (EIA)”. ¿Fue aprobado el EIA por la Anla? Si no fue así, quien garantiza que la Licencia Ambiental será aprobada, y en dado caso, que el tiempo de este proceso no ponga en riesgo financiero la obra.

Para quienes no lo saben, detrás de la APP Ciénaga-Barranquilla, está Equipos Universal, contratista que desde hace 30 años ha operado como concesionario del corredor Ciénaga-Barranquilla y que mediante el contrato 229/2006 (Ruta del Sol II) mutó como concesionario del corredor Santa Marta-Ciénaga-Barranquilla. Su cuestionable ejecución del contrato 229/2006, no solo significó el retraso de más de 10 años en la entrega de obras, sino sobrecostos que impidieron que el Plan Vial del Norte se ejecutara según el alcance proyectado. Por cierto, ¿en qué han invertido el excedente sobre el Ingreso Esperado pactado contractualmente, que a precios de 2006 eran $200 mil millones, pero que en pesos de hoy, equivalen a $458 mil millones? Nada raro que esta haya sido la única concesión del gusto de los gobiernos del “cambio”.

Estas sombras pudieron disiparse con un control preventivo. ¿Dónde estaban la Asamblea Departamental, entes de control, medios de comunicación, fuerzas políticas, veedurías técnicas y gremios?