Impuesto Predial Unificado, efectos en el sector rural

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Escrito por:

Miguel Lacouture Arevalo

Miguel Lacouture Arevalo

Columna: Opinión

e-mail: clearyclear@gmail.com

Twitter: @lacoutu


Desde la época preelectoral del 2021/22, la campaña del Pacto Histórico de Gustavo Petro, esbozo el modelo de expropiación indirecta por vía tributaria, como bandera de campaña.

Siempre fue claro en asfixiar a propietarios o tenedores de tierras a través del alza desmesurada de la carga fiscal, para provocar con ello la entrega en venta o dación en pago al Estado a las administraciones municipales que son quienes finalmente verían engrosar sus ingresos.

El mecanismo que escogieron para implementar la expropiación por vía tributo, hace parte la estrategia desarrollada al Artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y su proyecto  de Decreto  Reglamentario de Expropiación Express, a través del catastro se producirían adecuaciones a los valores de los predios urbanos o “rurales” que no hayan sido ajustados en los últimos cinco años.

Al respecto, debemos hacer claridad, solo se han ajustado en 128 de 1102 Municipios, es decir, solo el 11.6% del territorio nacional se ha actualizado.

Si bien el asunto impacta a todas las áreas del territorio y estratos socioeconómicos, es medianamente claro que apunta al sector rural sus efectos económicos, es allí donde se concentra la intención de fondo de esta norma que se pretende implementar.

El modelo de imposición del Impuesto Predial Unificado no obedece a variables diferenciales, si la tierra cumple con la productividad en áreas de los municipios, las tasas a aplicar son unificadas desde criterios que no consultan la realidad de las vocaciones productivas, menos aún, su productividad de acuerdo a los inversiones  de infraestructura básica que haya hecho el Estado, los Departamentos o Municipios para cobrar en contraprestación aquellos costos  de adecuación en riegos y drenajes, vías terciarias y secundarias, programas de financiación con tasas subsidiadas y programas de aseguramiento de cosecha y comercialización, una vez se tenga garantizado estos básicos se deberían hacer viable los ajustes de valorización catastral para el sector rural.

El costo del Impuesto Predial Unificado debe consultar igualmente incentivos a la baja en la medida que se cumplan variables de protección ambiental que este gobierno tiene como  bandera en todas sus políticas y discursos, cercas vivas, conservación de nacederos de agua de manera adecuada, respeto a áreas de retiros de los afluentes hídricos naturales, produzcan y utilicen  insumos agropecuarios sustentables, producción de alimentos orgánicos para suplir las necesidades en la ganadería, deberían ser premiados con ajustes en el costo final de los impuestos a pagar.

Cabe aclarar que el vehículo escogido desde el gobierno central direccionado a los mayores recaudos de los municipios es de una simpleza absoluta, no se hace necesario para ningún efecto la participación de los Consejos Municipales, con el solo ajuste al valor catastral se aumenta desmesuradamente el recaudo del Impuesto Predial Unificado.

Hoy cualquier predio que esté sobre la UAF, literalmente saltaría el Predial en más del 300%, lo que haría impagable la carga de tributación, con dos efectos colaterales que no se han tenido en cuenta para efectos de su estudio: 

A)La base de tributación del Impuesto de Renta, por esta vía de aumento patrimonial los lleva a la obligatoriedad de presentar declaración de renta y,

B)seguramente a ser sujeto de pago de este tributo, así su propiedad sea improductiva.

Señores congresistas, en sus votos esta convertir en ley este proyecto que proponen desde el gobierno, son muchos más las malas consecuencias que los beneficios que se pueden lograr, el tema no está en la tasa que es la competencia de los Consejos Municipales, está en el incremento de la base de liquidación del Impuesto Predial Unificado es allí donde ustedes deben concentrar los medios para evitar la catástrofe que se avecina para el sector agropecuario y la elevación desmesurada de los costos de producción a consecuencia del gravamen predial.