Santa Marta y los 65 años de los Centros Históricos

Uno de los sitios emblemáticos del Centro Histórico de Santa Marta es la Plazoleta Rodrigo de Bastidas, ubicada en el Camellón de su mismo nombre.

Santa Marta 499 años
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Estudios realizados por entendidos en el tema de arquitectura indican que, por lo menos son 28 las instituciones que se podrían vincular para lograr la recuperación de este importante sector de la capital del departamento de Magdalena, pero hasta la fecha ‘brillan’ por su ausencia.

Por: Mauris González Fajardo
Jefe de Redacción EL INFORMADOR

El deterioro en el que actualmente se encuentra el Centro Histórico de Santa Marta podría conllevar a que pierda ese privilegio de haber sido incluida en la Red de Centros Históricos en la que solo hay 45 localidades.


Santa Marta
es una de las 45 ciudades privilegiadas en Colombia de haber sido incluida en la Red de Centros Históricos y no fue más que, por su atracción de tener bienes vinculados a la cultural, la historia, y su capacidad de impactar positivamente al turismo como una alternativa para alcanzar un desarrollo integral de este espacio comprendido entre las avenidas del Ferrocarril, Santa Rita (calle 22) y la del Fundador (carrera primera). 

Como se evidencia en la gráfica, la intersección de las avenidas del Fundador y Santa Rita, en pleno Centro Histórico, es uno de los más afectados en el derramamiento de aguas residuales.


Esta historia comenzó con la creación de la Ley 163 del 59, con la que se amparó por primera vez a los Monumentos Nacionales hoy conocidos como Bienes de Interés Cultural de la Nación (BIC), en los que se han centrado en mantener físicamente estos lugares y protegerlos de acuerdo a la norma.

El llamado Callejón del Correo (carrera tercera) incluido entre las peatonales en el plan Centro Histórico hoy invadido por locales comerciales.


Y, ante la preocupación de defender estos espacios fue creada la Ley 397 de 1997, que los puso por encima de los planes de Ordenamiento Territorial (POT) con el fin de evitar que las decisiones de las administraciones de turno pudieran causarles alteraciones de algún tipo.

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Pero solo fue el 2009 cuando fue creado el Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP), un instrumento de planeación para proteger estos bienes y que se complementó un año más tarde con el Plan Nacional de Recuperación de Centros Históricos (PNRHC), que desde 2010 facilitó la ejecución de varios de los PEMP en el país.

En esta panorámica que se ubica sobre la calle Grande, entre las carreras segunda y tercera, no se sabe si es descuido o por placer de los propietarios los arbustos que crecieron desproporcionalmente en el techo de una casa colonial.


Alfonso 
Vives, el primero en recuperar el Centro Histórico
La primera vez que se habló de recuperar el Centro Histórico de Santa Marta lo hizo en 1987 el entonces alcalde, doctor Alfonso Vives Campo, quien además de buscarle solución a los problemas de la falta de agua y pavimentar la mayor cantidad de vías posibles, se fijó como meta poner en la palestra la recuperación de ese sector céntrico de la ciudad, que pese a ser una zona de gran valor cultural y arquitectónico, se encontraba en completo abandono.

Para ello, con su propio recurso financió la visita de un equipo de expertos franceses que estuvo durante cuatro meses en la ciudad haciendo el levantamiento de los inmuebles ubicados en la zona vieja que sirvió como base para lo que años después se conoció como el Plan Centro.

La recién adecuada avenida Campo Serrano, vía más importante del Centro Histórico de Santa Marta.


El estudio comprendió a todas las casas y edificaciones entre las avenidas del Fundador (carrera primera) y Campo Serrano (carrera quinta) y las calles Cangrejalito (calle 11) y Santa Rita (calle 22). En esa época se hizo todo el inventario de los inmuebles del Centro Histórico, así como un estudio de fachada por fachada.

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Con la mirada puesta en la parte antigua de la capital del Magdalena, aprobó un convenio con la figura de Amoblamiento Urbano, con el fin que esa zona contara su propia historia.

El acuerdo incluía la financiación de las empresas que se encargaría de la señalización del Centro con la que las calles de la ciudad se marcaron con sus nombres originales y avisos luminosos contaban el pasado de las edificaciones antiguas.

El Centro Histórico samario
Datos oficiales señalan que, en 1992 la Universidad Nacional hizo la reglamentación del Centro Histórico de Santa Marta en vista que, pese a la declaratoria de Monumento Nacional solo estaba el perímetro, pero no contaba la regla que lo rigiera, no se sabía cómo funcionaba el tema, a lo que se le sumaba que no estaba creado el Ministerio de Cultura, y lo que funcionaba era Colcultura.

Estos locales comerciales ubicados en la calle Tumbacuatro (calle 19) convertida en peatonal, entre carreras cuarta y Campo Serrano que no cumplen con las exigencias del Ministerio de las Culturas por la modificación de sus fachadas.


Ante esta situación, la preocupación de algunas personas que se esmeraron por sacar adelante el tema del Centro Histórico, se implementa la visita de casa por casa y se empieza a establecer la tipología del sector Santa Marta y determinar que era lo valioso.

Inicialmente era el trazado urbano, la ciudad más antigua pero no había un inventario de lo que había, por lo que optó por a realizarlo y una primera norma, que como no había un ente nacional fue adoptada por el Concejo en ese entonces municipal, y allí se crea el Comité del Centro Histórico de Santa Marta conformado por laSociedad de Arquitectos del Magdalena, la de ingenieros, la Academia de Historia y el Instituto Geográfico ‘Agustín Codazzi’.

Rumbo a los 500 años
Desde 2020, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes se asoció a la conmemoración del Quinto Centenario de fundación hispánica de Santa Marta, y en virtud del artículo 6 de la Ley 2058 de 2020 ha asumido el liderazgo técnico y operativo de parte del Gobierno nacional para su impulso e implementación.


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El Minculturas reconoce la importancia de esta conmemoración y, desde la Dirección de Patrimonio y Memoria durante la vigencia 2024-2025, se está analizando si las condiciones que dieron origen a su formulación se han modificado de tal manera que los objetivos y estrategias estructurales requieran actualizarse de acuerdo con las necesidades del Centro Histórico de la ciudad. Esto, con el fin de determinar las acciones que requiere este importante sector urbano del país.

Deterioro del Centro Histórico de Santa Marta
Hasta el momento las autoridades no han entregado una cifra exacta de cuántas edificaciones violan el Plan de Protección del Centro Histórico del Distrito Turístico Cultural e Histórico de Santa Marta cobijado por la Ley 1800 de 2005.

Esta es una fachada antigua de una edificación del Centro Histórico de Santa Marta que, a pesar de ser colonial y que debería estar conservada, está comple- tamente deteriorada.

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Consultada, Ilona Murcia, directora de Patrimonio del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, señaló que, “los Bienes de Interés Cultural de propiedad pública y privada están sometidos al Régimen Especial de Protección. En ese sentido, el Artículo 10 de la Ley 1185 de 2008 dispone las faltas contra el patrimonio cultural de la Nación y, si la falta consiste, ya sea por acción o por omisión, en la intervención de un bien de interés cultural sin la respectiva autorización, se impondrá multa de 200 a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes por parte de la autoridad que hubiera efectuado la respectiva declaratoria.

Indicó además que, “también será sujeto de esta multa el arquitecto o restaurador que adelante la intervención sin la respectiva autorización, aumentada en un 100%”.    

La fotografía evidencia el grave estado de deterioro en el que se encuentra gran parte del Centro Histórico de la capital del departamento de Magdalena.


Así mismo señaló que, “la autoridad administrativa que hubiera efectuado la declaratoria del inmueble como de interés cultural podrá ordenar la suspensión inmediata de la intervención que se adelante sin la respectiva autorización.

La legislación colombiana determina que, es obligación y deber legal de los propietarios mantener los inmuebles en condiciones adecuadas, así como velar por su protección, mantenimiento o conservación.

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Lo anterior, sin omitir la competencia de las autoridades territoriales para imponer sanciones y tomar acciones en casos de acciones que se realicen sin licencia sobre bienes inmuebles de interés cultural.

Muchas de las zonas establecidas como peatonales en el Centro Histórico han sido invadidas por los propietarios de locales comerciales.

El dueño debe responder
La dirección de Patrimonio del Ministerio destacó que, el estado de conservación de los inmuebles es responsabilidad del propietario o poseedor, tal como establece el artículo 2350 del Código Civil Colombiano:

“El dueño de un edificio es responsable de los daños que ocasione su ruina, acaecida por haber omitido las reparaciones necesarias, o por haber faltado de otra manera al cuidado de un buen padre de familia (…).”

La invasión del espacio público en el Centro Histórico de Santa Marat ha sido uno de los problemas de nunca acabar.


Por lo que es claro que, la administración distrital y propietarios tienen la obligación de velar por la protección, mantenimiento y conservación de los bienes de su propiedad que se encuentran dentro del Centro Histórico. En consecuencia, son quienes deben verificar, prestar atención y realizar lo pertinente para el mantenimiento de dichos inmuebles y los demás trámites legales a que haya lugar.

Centro de Santa Marta Monumento Nacional
Ley 163 de 1959. Declárense como monumentos nacionales los sectores antiguos de las ciudades de Tunja, Cartagena, Mompox, Popayán, Guaduas, Pasto y Santa Marta (especialmente la Quinta de San Pedro Alejandrino, y las residencias de reconocida tradición histórica). Fue ratificado en el coloquio de Quito de la Unesco en 1.977.


Carta de Venecia de 1964: Conservación y restauración de monumentos y centros históricos
La restauración es una operación que debe tener un carácter excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los valores estéticos e históricos del monumento y se fundamenta en el respeto a la esencia antigua y a los documentos auténticos. Su límite está allí donde comienza la hipótesis: en el plano de las reconstituciones basadas en conjeturas, todo trabajo de complemento reconocido como indispensable por razones estéticas o técnicas aflora de la composición arquitectónica y llevará la marca de nuestro tiempo. La restauración estará siempre precedida y acompañada de un estudio arqueológico e histórico del monumento.  

El deterioro de los adoquines que cubren el piso del Parque de Bolívar del Centro Histórico de Santa Marta muestra la falta de interés que hubo por parte de las administraciones pasadas por recuperarlo.


Sostenibilidad del Plan 
Maestro 2017-2026
El Plan Maestro de Cultura requiere condiciones y recursos que hagan posible la continuidad en sus acciones y el cumplimiento de sus objetivos. La sostenibilidad del plan dependerá de las condiciones jurídicas, políticas, sociales y económicas disponibles en el contexto de su formulación e implementación, unas son de carácter inicial, es decir, están dadas desde la formulación del plan, y otras son generadas por la institucionalidad que lidera el proceso o por las acciones incluidas en el propio plan durante su ejecución.


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Centros Históricos de Colombia

  • Centro Histórico de Santa Marta
  • Centro histórico de Cartagena
  • Santa Cruz de Mompox
  • Centro Histórico de Ciénaga
  • Centro Histórico de Barranquilla
  • El barrio el Prado y Altos del Prado
  • Santa Cruz de Lorica
  • Sector Fundacional de Valledupar
  • Sector Antiguo de Santa Fe de Bogotá
  • Abejorral en Antioquia
  • Concepción en Antioquia
  • Marinilla en Antioquia
  • Rionegro en Antioquia
  • Santa Fe de Antioquia
  • Jericó en Antioquia
  • Jardín en Antioquia
  • Tunja en Boyacá
  • Villa de Leyva en Boyacá
  • Monguí en Boyacá
  • Turmequé en Boyacá 
  • Iza en Boyacá
  • Aguadas en Caldas
  • Manizales en Caldas
  • Salamina en Caldas
  • Popayán en Cauca
  • Pore en Casanare
  • San miguel de guaduas en Cundinamarca
  • Tenjo en Cundinamarca
  • Zipaquirá en Cundinamarca
  • San juan de Pasto en Nariño
  • El Carmen Norte de Santander
  • Pamplona Norte de Santander
  • Playa de Belén Norte de Santander
  • Villa del Rosario Norte de Santander
  • Barichara Santander
  • San Gil Santander
  • San juan de Girón Santander
  • Socorro Santander
  • Ambalema Tolima
  • San Sebastián de Mariquita Tolima
  • Honda Tolima
  • Guadalajara de Buga en el Valle
  • Cartago en el Valle
  • Santiago de Cali en el Valle
  • El Cerrito en el Valle

LÍNEA DE TIEMPO:

-En 1959 el gobierno nacional declaró la Ley 163 con la que se amparó por primera vez a los Monumentos Nacionales hoy Bienes de Interés Cultural de la Nación (BIC) dando origen a los Centros Históricos.

-En 1987 el entonces alcalde, doctor Alfonso Vives Campo implementó por primera vez la recuperación del Centro Histórico de Santa Marta.

-En 1992 la Universidad Nacional reglamentó el Centro Histórico de Santa Marta.

En 1997 Edgardo Vives Campo, alcalde de la época creó la Corporación Centro Histórico de Santa Marta (Corpocentro), encargada de poner en funcionamiento el Plan Centro.

En 2005 el vicepresidente Francisco Santos en visita a Santa Marta y acompañado del entonces senador Luis Vives Lacouture inspeccionaron el Centro Histórico comprometiéndose a conseguir los recursos para la implementación de la primera fase   

-En 2009 fue creado el Plan Especial de Manejo y Protección, un instrumento de planeación para proteger estos Bienes de Interés Cultural de la Nación.

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