La empresa de aseo recuerda que este servicio es esencial y no puede ser cancelado por separado.
La empresa prestadora del servicio público de aseo en Santa Marta reiteró a la comunidad que el pago por este servicio es obligatorio, conforme a lo estipulado en el artículo 147, parágrafo 1 de la Ley 142 de 1994.
De acuerdo con la normativa, cuando el servicio de aseo se factura junto con otro servicio público domiciliario, no puede pagarse uno sin saldar el otro, a menos que el usuario haya interpuesto una queja formal ante la entidad correspondiente.
“El servicio de aseo es fundamental para la salud pública, el cuidado ambiental y la calidad de vida. Su correcta prestación permite mantener espacios limpios, evitar enfermedades, fomentar el reciclaje y contribuir a la sostenibilidad de la ciudad”, señaló la empresa.
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También recordaron que todo usuario dentro del área de cobertura está en la obligación de pagar el servicio según las tarifas definidas por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Frente a dudas sobre facturación o el estado del usuario, la compañía puso a disposición los siguientes canales de atención: la oficina ubicada en la Calle 26 N° 2-151 del barrio El Prado, el correo
Finalmente, la empresa hizo un llamado a la corresponsabilidad de los usuarios para lograr una Santa Marta más limpia, saludable y sostenible.