Dice la Procuraduría que resulta inoportuna, extemporánea e irregular la solicitud del Ministerio de realizar nuevos estudios
La entidad solicitó al Tribunal Administrativo de Santander verificar y valorar la configuración de un eventual desacato por parte de la Ministra de Ambiente en el marco del cumplimiento de la Orden Quinta de la Sentencia de T-361 de 2017 proferida por la Corte Constitucional que ordena delimitar el páramo de Santurbán.
En virtud de las órdenes proferidas por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-361 de 2017, que ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible delimitar páramo de Santurbán, la Procuraduría emitió pronunciamiento ante el Tribunal Administrativo de Santander.
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En primer lugar, se le solicitó al alto Tribunal que se pronuncie confirmando que se encuentra surtida la etapa de concertación en el municipio de Vetas-Santander, por cuanto como se acredita en el expediente, se cumplió previamente las fases de convocatoria, información, consulta e iniciativa de manera que, la comunidad de Vetas emitió opinión, juicio y análisis de las alternativas de la delimitación del nicho ecológico paramuno en el marco de sesiones, audiencias y reuniones a partir de los estudios serios y pertinentes obrantes en ese momento.
También se manifestó que resulta inoportuna, extemporánea e irregular la solicitud del Ministerio de realizar nuevos estudios en el municipio de Vetas y se alertó que, la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al poner en tela de juicio el acuerdo de Vetas, está generando desconfianza en las comunidades, lo cual podría afectar las futuras concertaciones y el cumplimiento no solo de esta sentencia sino de otras referentes a la delimitación de páramos, y la efectiva protección de ecosistemas de especial importancia ecológica reconocidos en la jurisprudencia y en la ley.
Por último, se solicitó al Tribunal Administrativo de Santander verificar y valorar la configuración de un eventual desacato por parte de la Ministra de Ambiente en el marco del cumplimiento de la Orden Quinta de la Sentencia de T-361 de 2017 proferida por la Corte Constitucional.
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