El Consejo de Estado negó la pérdida de investidura contra “Jesús Santrich”.
La Sala Séptima Especial de Decisión del Consejo de Estado negó en primera instancia la demanda de pérdida de investidura presentada en contra del exjefe de las Farc, Seuxis Paucias Hernández Solarte, más conocido con el alias de “Jesús Santrich”.
Así las cosas, “Santrich” podrá posesionarse como representante a la Cámara siempre y cuando esté en condiciones jurídicas para ello, más exactamente en libertad. Sobre los salarios, Santrich no podría alegar el cobro de dichos dineros porque aún no se ha posesionado.
Santrich no ha podido tomar posesión del cargo porque el 9 de abril de 2018 fue capturado por la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de una orden de captura internacional expedida por la Interpol, por requerimiento del gobierno de Estados Unidos, quien lo pedía en extradición por supuesto narcotráfico.
El proceso empezó el 17 de octubre de 2018 cuando la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes solicitó la pérdida de investidura argumentando el numeral 3 del artículo 183 de la Constitución Política que preceptúa: “Por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha de instalación de las Cámaras, o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse”.