La Alcaldía de Santa Marta emitió este martes 18 de mayo el Decreto 100 “por medio del cual se modifican unos artículos del Decreto 098 del 12 de mayo de 2021 y se dictan otras disposiciones”.
El nuevo acto administrativo cambia el horario de toque de queda -que ahora será desde las 11:00 pm hasta las 5:00 am-, mantiene la ley seca, conserva el pico y cédula (no aplica domingos) para pagos en los establecimientos bancarios y financieros, y hacer diligencias en notarías, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil, Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT, mantiene la prohibición de discotecas, chivas rumberas, y sostiene el horario de uso de playas desde las 9:00 am hasta las 6:00 pm hasta completar aforo, entre otras medidas. Las restricciones rigen desde las 5:00 am de este miércoles 19 de mayo de 2021, hasta las 5:00 am del martes 1 de junio.
Pico y cédula
Se mantiene la medida especial de pico y cédula, a partir de las 5:00 a.m. del día 19 de mayo de 2021 y hasta las 5:00 am del 1 de junio de 2021; Se exceptúan de esta restricción los días domingos durante la vigencia del presente decreto. En consecuencia, la población podrá efectuar pagos en los establecimientos bancarios y financieros, y hacer diligencias en notarías, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil, Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT, de acuerdo con el último dígito de la cédula de ciudadanía y/o documento de extranjería o pasaporte tal como se detalla a continuación:
Toque de queda
Se restringe de manera transitoria, obligatoria y preventiva, la movilidad de personas y circulación vehículos por vías y lugares públicos de la zona urbana y rural de Santa Marta, en el horario comprendido entre las 11:00 pm, y las 5:00 am todos los días de la semana. En consecuencia, los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas, locales comerciales, tiendas de barrios, y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos al público de manera presencial hasta las 10:00 p.m. Esta medida podrá ser prorrogada si se mantiene el comportamiento de contagios y empezará a regir desde el 19 de mayo de 2021 hasta el 01 de junio de 2021.
Durante el horario de restricción del que trata el presente artículo, se permitirá el tránsito de personas y vehículos para la salida o retorno a la ciudad, para lo cual deberán presentar los comprobantes de viaje, tales como recibos de pago de los tiquetes de transporte intermunicipal o interdepartamental, pasabordos físicos o electrónicos o recibos de pago de la tarifa de peaje.
Playas y balnearios:
Este acto administrativo indica que el uso de las playas, ríos y balnearios del Distrito de Santa Marta, incluyendo el Parque Nacional Natural Tayrona, de acuerdo con el aforo permitido, y en los horarios de 09:00 am hasta las 06:00 pm, a excepción de los balnearios de Playa Blanca, Playa Grande, Inca Inca, Don Diego, Buritaca, Bonda y Minca, cuyo ingreso estará permitido desde las 9:00 am hasta las 4:00 pm.
Adicionalmente, en razón al alto flujo de personas que concurren a las playas ubicadas en el Rodadero y Rodadero Sur, éstas se encontrarán habilitadas desde las 9:00 am hasta las 12:30 pm y de 1:30 pm hasta las 6:00 pm.
Con el fin de garantizar la preservación, uso sostenible, consciente y responsable de los ecosistemas, se reitera la medida de un día de descanso y oxigenación de las playas, ríos y balnearios del Distrito Turístico Cultural e Histórico de Santa Marta. En consecuencia, los días miércoles de cada semana estarán cerradas las playas, ríos y balnearios, a excepción del Parque Nacional Natural Tayrona, de conformidad con lo establecido en el Decreto 014 del 25 de enero de 2021.
Lea el Decreto 100:
Las demás disposiciones contenidas en el Decreto Distrital Nº 098 del 12 de mayo de 2021 permanecerán incólumes, y su vigencia se extenderá hasta las 5:00 am del día 01 de junio de 2021.
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