La Corte Constitucional fijó un plazo de 6 meses a la Unidad de Parques, la Gobernación del Departamento y a Corpamag para que desarrollen un plan maestro de restauración del Parque Tayrona tras la evidencia de múltiples afectaciones ambientales generadas desde hace varios años.
Dentro de la determinación del alto tribunal con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio se advierte que el Sistema de Parques Nacionales Naturales, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y la Gobernación del Magdalena deben redoblar sus esfuerzos para 'garantizar el saneamiento, la protección y la intangibilidad de los ecosistemas terrestres y marítimos del Parque Tayrona y sus alrededores'.
Esta decisión surgió luego que se fallara una tutela a favor de Jonatán Pacheco Yánez, quien denunció que el día 6 de agosto de 2014 el director de la Unidad Administrativa Especial Tayrona ordenó el decomiso de sus redes de pesca en la playa Gairaca, algo que consideró un exceso y que lo dejó sin trabajo desde entonces.
Según Unidad de Parques "dentro del parque natural por ley está prohibida la pesca, pues se debe garantizar la protección de las áreas de especial importancia ecoló-gica y por ende asegurar el derecho colectivo y fundamental al medio ambiente sano de todos los colombianos".
La Corte manifiesta que aunque las autoridades tienen la potestad de restringir las actividades que deterioren o afecten el medio ambiente; no lo pueden hacer vulnerando los derechos de los grupos que tradicional e históricamente han ejecutado la pesca para obtener su subsistencia.
En la recopilación de pruebas durante todo el proceso evidenció la contaminación ambiental que ha sufrido el Parque Tayrona ha llegado a niveles altos por lo que indispensable las articulaciones de las entidades para que no continúen este tipo de actividades que afecta en grandes proporciones para los nativos y pobladores de esa zona.
"Sin el ánimo de desconocer los importantes avances y medidas de protección que se han ejecutado en el Parque Nacional Tayrona en los últimos años, de las pruebas obrantes en el expediente la Corte evidencia que en recientes décadas se han incrementado los factores de contaminación ambiental que afectan los ecosistemas del parque", señala el alto tribunal.
El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional al amparar los derechos de varios pescadores de la zona a quienes les habían prohibido realizar sus actividades en el Parque Tayrona vulnerando derechos fundamentales.
"Se debe aclarar que en todo el proceso de construcción y ejecución de las medidas de compensación debe garantizarse una activa participación de las comunidades y personas afectadas. Lo anterior por cuanto uno de los fines esenciales del Estado es facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan", precisó la Corte Constitucional.
Por último la Corte ordena a las entidades implicadas, bajo la coordinación de la Gobernación del Magdalena que en 60 días contados se haga un plan de compensación que garantice a los pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayro-na la satisfacción de sus derechos fundamentales al trabajo, soberanía alimentaria y mínimo vital.