La autorización establecida por el gobierno nacional beneficia también a José Luis Pérez Villanueva, alias ‘Cholo’, a Loryin Emilio Pertuz Ballestas, y a Orlando Pérez Ortega.
La presidencia de la República dio vía libre para el desarrollo de los diálogos de paz en la Sierra Nevada de Santa Marta para lo cual autorizó la suspensión de órdenes de captura de cuatro integrantes de las ‘Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada de Santa Marta’ quienes serán voceros por parte del este grupo armado.
La resolución 335 del 28 de agosto de 2024 reconoce Fredy Castillo Carrillo, alias ‘Pinocho’; a José Luis Pérez Villanueva, alias ‘Cholo’; a Loryin Emilio Pertuz Ballestas y a Orlando Pérez Ortega, para que participen en el Espacio de Conversación Sociojurídico, dirigido a desarrollar conversaciones con este grupo ilegal, verificar su voluntad de transitar hacia el Estado de Derecho, fijar los términos de sometimiento a la justicia según lo permitido por la Ley y construir paz en los territorios.
Por intermedio de la Consejería Comisionada de Paz, comunicar la presente resolución a las autoridades correspondientes para lo de su competencia para la suspensión de las órdenes de captura a que haya lugar, durante el término de la vigencia del reconocimiento como miembros representantes.
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La solicitud de suspensión de las órdenes de captura procederá, cuando el Consejero Comisionado de Paz constate que los antes mencionados hayan dado muestras objetivas de su compromiso de desmantelamiento, sometimiento a la justicia y de transitar hacia el Estado de Derecho. De igual forma, se justificará tal solicitud, de tal manera que se ajuste a los fines del sometimiento y se constate su necesidad dentro del ámbito temporal y territorial de la misma.

Ante esta determinación, el abogado reconocido abogado Alex Fernández Harding, director jurídico de los diálogos socio-jurídicos de Paz en la Sierra Nevada de Santa Marta que esta gestión las venía adelantando ante el gobierno nacional como política de Estado de acuerdo al artículo 22 Constitucional y el 188 que establece la paz como derecho y deber obligatorio, lo que hoy se evidencia el resultado a su petición.
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Indicó además que, “ahora continuará dar aplicación a la sentencia 525 de 2023 en donde se decreta la asequibilidad de las disposiciones de la ley 2272 del 2022, y en la cual se establecen condiciones para proceder a la cancelación”. Así mismo argumentó que, “consideró que se cumplen las condiciones exigidas en jurisprudencia especialmente en demostrar gestos efectivos de paz como el caso de nuestro representado resulta evidenciado”.
Es importante destacar que, la cancelación de las órdenes también establece lugares de movilidad determinados y en una región específica.