Tras intentar demandar a seis congresistas por injuria, la Corte Suprema de Justicia terminó compulsando copias contra el ministro para que la Procuraduría vigile su conducta.
Todo se remonta a febrero de 2025. En ese momento, un grupo de legisladoras conformado por Catherine Juvinao, Lina Garrido, Julia Miranda, Carolina Giraldo, Marelen Castillo y Katherine Miranda, envió una carta abierta al presidente Gustavo Petro, en la que expresaban un rechazo contundente al nombramiento de Benedetti. Argumentaban que alguien con cuestionamientos por violencia de género no podía ser el puente principal entre el Gobierno y las mujeres del Legislativo.
Benedetti, sintiendo que su dignidad y presunción de inocencia eran vulneradas, acudió a los tribunales. Según su tesis, las congresistas habían cruzado la línea del respeto para emprender una campaña de desprestigio que afectaba su carrera profesional.
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Sin embargo, para el alto tribunal, la lectura fue distinta. Los magistrados concluyeron que las parlamentarias no estaban calumniando, sino ejerciendo su derecho y deber de control político. Bajo la figura de la "inviolabilidad parlamentaria", la Corte determinó que las congresistas tienen la libertad de emitir opiniones críticas sobre la idoneidad de los funcionarios públicos, especialmente cuando se trata de figuras de alto nivel que manejan el interés general.
"Las referencias fueron utilizadas para cuestionar su idoneidad como interlocutor... lo cual descarta cualquier ánimo injurioso", sentenció la corporación, dejando claro que cuestionar a un ministro no es un delito, sino una herramienta democrática.
El giro más dramático del fallo ocurrió durante la etapa de pruebas. La representante a la Cámara Catherine Juvinao presentó testimonios y evidencias de ataques personales que habría recibido por parte de Benedetti a través de redes sociales. Según la congresista, el ministro utilizó insultos basados en su condición de mujer para menospreciarla sistemáticamente entre junio y septiembre del año pasado.
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"Ante la contundencia de estas declaraciones, la Corte Suprema compulsó copias a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo. Ahora, ambas instituciones deberán determinar si el proceder del ministro constituye violencia sexista, convirtiendo su estrategia de defensa en un expediente que cuestiona su integridad frente a la equidad de género.