Iglesias en Colombia empezarán a pagar impuestos según reforma tributaria

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La reforma tributaria sigue generando dudas pese a que este jueves obtuvo su primera aprobación en las sesiones económicas del Congreso de la República. Aunque se han basado en varios puntos de este articulado, hubo uno que pasó desapercibido: el impuesto que deberán pagar las iglesias y otras instituciones.

Según el artículo de la ponencia: “No están gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, respecto a los ingresos provenientes de actividades asociadas al oficio religioso, al culto, al rito, a prácticas que promuevan el apego de los sentimientos religiosos en el cuerpo social, o actividades de educación o beneficencia realizadas bajo la misma persona jurídica”.

Es decir, las actividades que realizan las iglesias que tengan una relación exclusiva a su labor eclesiástica, guía espiritual y religioso, actividad de beneficencia y educación estarán exentas de ese impuesto; sin embargo, todas aquellas iniciativas que estén lejos de su fin misional y vocacional, deberán sumarse al impuesto de renta del 20%.

Cabe mencionar que, en ese mismo artículo también está incluido el pago de impuestos por parte de instituciones como alcohólicos anónimos, sindicatos, asociaciones gremiales, fondos de empleados, cuerpos de bomberos, entre otros.

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De acuerdo a los ajustes que se realizaron en la reforma tributaria, se eliminaron los impuestos a las exportaciones de petróleo y carbón para sustituirlo por normas como el puesto a la sobretasa del sector e impuesto de renta, las cuales tendrán un equivalente del 10% en el primer año.





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