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Gobierno y comercio renuevan acuerdo de autorregulación para los días sin IVA

Durante los días sin IVA, el 44% de los establecimientos abrirá desde las 7:00 a.m. un 38% mantendrá sus horarios normales y un 7% está dispuesto a abrir desde las 5:00 a.m.

Nacional
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El documento compromete al comercio organizado a atender las directrices emitidas y ofrecer confianza a los ciudadanos para que disfruten de las ventajas que ofrecen los días con descuentos.

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana y el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, dieron a conocer la renovación del Acuerdo de Autorregulación y Compromiso del Comercio Colombiano, como antesala a los días sin IVA, que se llevarán a cabo en Colombia el 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre.

El documento, que compromete al comercio organizado a atender de manera eficaz las directrices emitidas en la Ley 2155 de 2021, envía un mensaje de confianza a los ciudadanos para que disfruten de las ventajas que ofrecen estos días con descuentos en diferentes categorías y por supuesto con todos los protocolos de bioseguridad en las tiendas físicas.

"Desde el Ministerio de Comercio reconocemos la importancia de los compromisos que asumen los comerciantes de Fenalco con esta jornada: por un lado, de brindar información clara y transparente en materia de precios a los consumidores, y por el otro, para cumplir con todas las medidas de bioseguridad. Queremos que el día sin IVA se lleve a cabo con total éxito para que logremos reactivar la economía", aseguró la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana.

Adicionalmente el comercio organizado que decida participar en las jornadas de "Día sin IVA" se comprometen a:

- No publicar la exención del IVA como un descuento otorgado por el vendedor y dar claridad a los consumidores sobre que el mismo es un beneficio otorgado por el Gobierno Nacional.
- Manejar las activaciones promocionales de manera independiente sobre la exención del impuesto. De llegar a existir descuentos en artículos sobre los cuales aplica el beneficio, la exención aplicará sobre el valor final efectuado el descuento.

- Salvo razones técnicas y de mercado en contados casos como por ejemplo el agotamiento de promociones con vigencia determinada y el abastecimiento de nuevo inventario de productos o insumos importados afectados por el alza del dólar, los comerciantes no realizarán variaciones al precio base de los productos a los cuales les será aplicable la exención, en los días anteriores a las fechas en las que se aplicará el beneficio tributario "Días sin IVA".

- Proporcionar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea, respecto a los requisitos que debe cumplir su compra, para que aplique el beneficio en línea con la normatividad y los distintos documentos emitidos por la Dian.

- Cumplir los protocolos de bioseguridad dispuestos en la Resolución 777 de 2021, en línea con el compromiso suscrito entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministro de Salud y Protección Social y Fenalco, el pasado 30 de septiembre en el marco de nuestro Congreso Nacional de Comerciantes NEXOS 2021, para garantizar la seguridad y el adecuado distanciamiento social de quienes realizarán sus compras en los establecimientos ubicados, tanto dentro como fuera, de los centros comerciales.




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