Aprueban ley para que la Nación se asocie a celebración 500 años Santa Marta

Foto: archivo EL INFORMADOR

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Los autores de la iniciativa son el representante a la Cámara por el Magdalena, José Luis Pinedo, y el senador Miguel Ángel Pinto Hernández.

En las últimas horas, el Congreso de la República, aprobó la ley número 2058 “Por medio de la cual la Nación se asocia y rinde público homenaje al Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta en el departamento del Magdalena con motivo de la celebración de los quinientos (500) años de su fundación y se dictan otras disposiciones. [500 años de Santa Marta, Magdalena]”.

El objetivo de dicha ley es declarar el asocio de la Nación a la celebración del Quinto Centenario de Fundación de la Ciudad de Santa Marta (hoy declarada como Distrito Turístico, Cultural e Histórico), acontecimiento histórico sucedido el día veintinueve (29) de julio de mil quinientos veinticinco (1525) en cabeza del escribano español Rodrigo de Bastidas; ciudad ubicada en el litoral del Caribe colombiano, territorio conocido en su época como gobernación de Nueva Andalucía.

Cabe anotar que la Nación hace un reconocimiento al Distrito Turístico e Histórico de Santa Marta, declarado patrimonio cultural de la Nación por ser la ciudad sobreviviente más antigua fundada por España en América del Sur y en razón a su riqueza biogeográfica y ecológica, a su diversidad cultural con presencia de los pueblos indígenas Kogui, Arhuaca, Arzaria, Chimila y Way,ju y de población afrocolombiana.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza al Gobierno nacional, la celebración de los contratos y convenios interadministrativos necesarios entre la Nación, el departamento del Magdalena, el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta y sus localidades.

La Comisión
Confórmese la Comisión Preparatoria que garantizará la coordinación para la Celebración del Quinto Centenario de Fundación de la Ciudad de Santa Marta. Esta Comisión será la máxima instancia de articulación Nación - Territorio. Tendrá competencias para preparar, diseñar, coordinar, gestionar y estructurar los planes, proyectos y eventos a realizar con motivo de esta celebración.

La Comisión estará integrada por:

a. Un/a delegada/ o del Presidente de la República
b. Un/a delegada/ o del Ministerio de Cultura
c. Un/a delegada/ o del Ministerio de Industria Comercio y Turismo
d. Gobernador del departamento del Magdalena
e. Alcaldesa Distrital de Santa Marta
f. Un/a delegada/ o de la Academia de Historia del Magdalena
g. Un Representante de las Universidades Públicas con asiento en el Distrito de Santa Marta.
h. Un Representante de las Universidades Privadas con asiento en el Distrito de Santa Marta.
i. Un representante de las comunidades indígenas con asentamiento en la Sierra Nevada de Santa Marta.
j. Un Representante del Sector Cultural del distrito de Santa Marta
k. Un Representante por los gremios económicos

Bienes de Interés Cultural
El Ministerio de Cultura declarará como Bienes de Interés Cultural, los siguientes inmuebles que se encuentran en el Distrito de Santa Marta:
a. Fuerte de San Fernando.
b. Fuerte del Morro.
c. La Iglesia Catedral.
d. La Iglesia San Juan de Dios.
e. El Claustro San Juan Nepomuceno o Real Seminario.
f. La iglesia del Pueblo de Indios de Taganga.
g. Iglesia del Pueblo de indios de Mamatoco.

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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